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Ley de 50 transferencias: cuándo se emite el primer informe y quiénes serán afectados

La nueva normativa fiscalizará a las personas que reciban más de 50 transferencias en un mes, realizadas con distintos RUT.

24horas.cl

SII, Servicio de Impuestos Internos

Lunes 13 de enero de 2025

En octubre pasado se publicó la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, llamada Ley de las 50 Transferencias, la cual fue creada para evitar la elusión y evasión de impuestos, así como detecta el comercio informal que no cumple con sus obligaciones tributarias.

En concreto, la popularmente conocida como “Ley de Transferencias” pretende formalizar las compras por internet a pymes y pequeños negocios. Con esto los emprendedores deberán iniciar actividades, pagar impuestos, y cobrar IVA.

¿Cuándo empezará a regir la ley de transferencias?

Según lo informado por el Servicio de Impuestos Internos (SII), las instituciones financieras deberán enviar los datos de todas aquellas personas que registran más de 50 transferencias realizadas con distintos RUT en un mes, o 100 en un semestre.

Esta información se remitirá de manera semestral dentro de los meses de julio y enero, respecto al semestre anterior. Por tanto, el primer reporte bajo el mandato de la ley se realizará durante este mes de enero 2025, con registros del segundo semestre de 2024.

Es importante señalar que la información no incluirá datos respecto de las personas o entidades que realizaron abonos o transferencias.

 ¿A quiénes afectará la ley de 50 transferencias?

  • Quienes venden productos o prestan servicio de manera informal, sin haber iniciado actividades, serán fiscalizados y deberán pagar los impuestos correspondientes una vez hayan regularizado su situación.
  • Personas que cuentan con inicio de actividades, pero no están cumpliendo de manera correcta con sus obligaciones tributarias, es decir, subdeclaran impuestos al recibir transferencia bancaria sin dar boleta, estarán obligados a regularizar su situación. Además, serán fiscalizados por el SII y tendrán que pagar sus impuestos.

SII

¿Quiénes deberán iniciar actividades en el SII?

En el marco de las nuevas regulaciones de la ley de transferencias, deberán iniciar sus actividades quienes:

  • Han comenzado a vender productos por Internet, ya sean elaborados por ellos mismos o comprados a terceros.
  • Venden servicios en plataformas web, redes sociales o páginas de comercio por Internet.
  • Tienen una tienda física en la que venden productos o servicios.
  • Ofrecen servicios profesionales o de otro tipo a terceros, y recibirás un pago por ello.

Billetes y monedas. Transferencias bancarias.

En este escenario, el SII se contactará con estas personas y las acompañará en el proceso de formalización para que realicen su inicio de actividades. Entre las obligaciones tributarias que deberán cumplir, están:

  • Emitir el documento tributario respectivo (boleta o factura, según corresponda, en cada una de las ventas realizadas y por el total del monto involucrado), lo cual puede hacerlo a través de las aplicaciones gratuitas del Servicio.
  • Presentar su declaración mensual de IVA, hasta el día 20 de cada mes, esta declaración será propuesta a partir de la misma información de los documentos que emita, con los cuales el Servicio le confeccionará un Registro Electrónico de sus Compras y Ventas.
  • Presentar anualmente su declaración de Renta. Para estos fines, el SII pone a disposición de las micro y pequeñas empresas una serie de asistentes que facilitan el cumplimiento de esta obligación tributaria.
  • Dar aviso al SII cuando realice cualquier modificación de información, como cambio de domicilio, ampliación de giro, datos de identificación, entre otros.

CONOCE CÓMO INICIAR ACTIVIDADES EN EL SII PINCHANDO ACÁ

¿A quiénes NO afectará la ley de 50 transferencias?

El SII señala que no debes preocuparte si:

  • Siempre emites documentos tributarios para espaldar tus ventas, independiente del medio de pago.
  • Si te pagan con transferencias o en efectivo, emites la boleta correspondiente.
  • Si cumples con todas las obligaciones tributarias.

Tampoco serán fiscalizadas aquellas personas que reciben transferencias por motivos que no guardan relación con la venta de productos o servicios (y que les llega dinero por actividades solidarias, rifas, cuotas sociales, recaudar dinero para una comunidad o ser tesoreros de curso). 

Por ejemplo: 

  • El tesorero de curso.
  • Cuotas de actividades sociales y/o familiares.
  • Rifasde establecimientos educacionales. 
  • Actividades solidarias. 
  • Quien recauda fondos de una comunidad para pago de servicios comunes.