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Guía para entender la Ley de 50 transferencias: lo que debes saber

En el marco de la nueva Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, el Servicio de Impuestos Internos (SII) tendrá las transferencias bancarias en la mira. Conoce de qué se trata la nueva norma.

24horas.cl

Ley de transferencias.

Martes 12 de noviembre de 2024

El pasado 24 de octubre se publicó la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias (Ley 21.713), que, en parte, buscará combatir la evasión de impuestos. En esta se encuentra incluida la popularmente llamada "ley de transferencias", con la cual el Servicio de Impuestos Internos (SII) tendrá este tipo de transacciones en la mira. 

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Esta nueva ley será un pilar sustancial para el Pacto por el Crecimiento Económico o Pacto Fiscal, ya que a través de sus diferentes medidas, se buscará aumentar la recaudación del Estado, según señalan desde el Ejecutivo.

En concreto, lo que se buscará con la "ley de transferencias" es formalizar las compras por redes sociales, que se han masificado en los últimos años, y así regular a que los emprendedores inicien actividades, paguen impuestos y cobren IVA.

Te contamos todo lo que debes saber de la "ley de transferencias" - o Ley de 50 transferencias - y cómo actuará el SII y los bancos a continuación.

Ley de transferencias

¿Cuántas transferencias serán fiscalizadas bajo la ley de transferencias?

Mediante esta norma, se pretende fiscalizar a través de los bancos. Es decir, si una persona recibe más de 50 depósitos bancarios de distintos RUT en un mes o 100 en seis meses, entonces la entidad bancaria le avisará al SII.

De acuerdo con el SII, no se incluirá la información respecto de las personas o entidades que realizaron los abonos.

¿Cuándo empezará a regir la ley de transferencias?

De acuerdo con el SII, la cantidad de transferencias deberá ser remitida de manera semestral dentro de los meses de julio y enero, respecto del semestre anterior.

El primer reporte semestral deberá realizarse el próximo mes de enero de 2025, respecto al segundo semestre del 2024.

¿Quiénes NO serán fiscalizados con la ley de transferencias?

De acuerdo con el SII, el Servicio analizará la información recibida por la entidad bancaria, pero no realizará acciones de fiscalización en los siguientes casos:

  • Actividades solidarias
  • Rifas de establecimientos educacionales
  • Cuotas de actividades sociales y/o familiares
  • Recaudación de fondos de una comunidad para el pago de servicios comunes
  • Pago de cuotas a tesoreros de curso o clubes deportivos

¿Quiénes deberán iniciar actividades en el SII?

En el marco de las nuevas regulaciones de la ley de transferencias, deberán iniciar sus actividades quienes:

  • Han comenzado a vender productos por Internet, ya sean elaborados por ellos mismos o comprados a terceros.
  • Venden servicios en plataformas web, redes sociales o páginas de comercio por Internet.
  • Tienen una tienda física en la que venden productos o servicios.
  • Ofrecen servicios profesionales o de otro tipo a terceros, y recibirás un pago por ello.

Billetes y monedas. Transferencias bancarias.

En este escenario, el SII se contactará con estas personas y las acompañará en el proceso de formalización para que realicen su inicio de actividades. Entre las obligaciones tributarias que deberán cumplir, están:

  • Emitir el documento tributario respectivo (boleta o factura, según corresponda, en cada una de las ventas realizadas y por el total del monto involucrado), lo cual puede hacerlo a través de las aplicaciones gratuitas del Servicio.
  • Presentar su declaración mensual de IVA, hasta el día 20 de cada mes, esta declaración será propuesta a partir de la misma información de los documentos que emita, con los cuales el Servicio le confeccionará un Registro Electrónico de sus Compras y Ventas.
  • Presentar anualmente su declaración de Renta. Para estos fines, el SII pone a disposición de las micro y pequeñas empresas una serie de asistentes que facilitan el cumplimiento de esta obligación tributaria.
  • Dar aviso al SII cuando realice cualquier modificación de información, como cambio de domicilio, ampliación de giro, datos de identificación, entre otros.

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¿Qué deben hacer quienes ya formalizaron su negocio?

Quienes ya hayan formalizado su negocio, deberán siempre emitir documentos tributarios para respaldar sus ventas, independiente del medio de pago. Ya sea pago por transferencia o efectivo, siempre se debe emitir la boleta.

En definitiva, entre las obligaciones tributarias que deberán cumplir, se encuentran:

  • Emitir el documento tributario respectivo (boleta o factura, según corresponda), en CADA UNA DE LAS VENTAS REALIZADAS y por el TOTAL DEL MONTO involucrado. Puedes hacerlo a través de las aplicaciones gratuitas que ofrece el SII.
  • Presentar su declaración mensual de IVA y anual de renta.
  • Dar aviso al SII cuando realices cualquier modificación de información, como cambio de domicilio, ampliación de giro, datos de identificación, entre otros.

Servicio de Impuestos Internos (SII). Transferencias bancarias. Ley de transferencias

Quienes no cumplan con las mencionadas obligaciones tributarias, entonces el Servicio fiscalizará de la siguiente forma:

  • Revisará la cantidad y montos de documentos tributarios electrónicos emitidos por el contribuyente en diferentes periodos, con el objeto de determinar si está declarando ventas bajo lo esperado, lo que implica una subdeclaración de IVA.
  • También contrastará el comportamiento tributario del contribuyente con el de otros del mismo segmento o actividad económica y similares características (sector geográfico, montos de compras, pago de servicios eléctricos, años de vida del negocio, cantidad de socios, entre otros), para detectar inconsistencias.
  • El SII contactará, inicialmente, mediante correo electrónico al contribuyente para informarle las diferencias detectadas para que pueda rectificar a través de Internet, donde en general podrá encontrar las facilidades para pagar las diferencias detectadas. Aunque, dependiendo de los montos o la frecuencia de incumplimientos, también podría ser llamado a una auditoria en las oficinas del Servicio.
  • En paralelo, realizará revisiones de cumplimiento tributario en visitas a terreno de sus equipos de fiscalización, para verificar su nivel de ventas y la emisión de los documentos tributarios.

Si el contribuyente no corrige su comportamiento y mantiene su incumplimiento, el Servicio puede desarrollar auditorías o revisiones de cumplimiento más profundas para determinar las diferencias de impuesto y emitir las liquidaciones y giros de impuestos correspondientes.

¿Qué ha dicho el SII sobre la ley de transferencias?

La Subdirectora de Fiscalización del SII, Carolina Saravia, explicó que la norma busca "poder detectar a aquellos contribuyentes que están actuando en la informalidad y que no están pagando los impuestos que corresponden".Es decir, si alguien realiza un negocio a través de redes sociales, pero no ha iniciado actividades y no entrega boleta a sus compradores, será sujeto de la fiscalización del SII.

En ese sentido, la medida no está orientada a quienes no realizan actividades comerciales, pero que reciben numerosas transferencias por actividades como ser tesoreros de curso, realizar rifas solidarias, por cuotas de actividades sociales o quienes recaudan fondos de una comunidad, como los gastos comunes.

Saravia reiteró que "esta es una norma que busca fiscalizar la informalidad. No buscamos fiscalizar las relaciones que pueda haber entre las personas, donde existan transferencias electrónicas. Antes de programar una fiscalización, vamos a considerar diferentes elementos en nuestros análisis".

Finalmente, recordó que "si una persona realiza una actividad comercial, debe formalizarse, emitir boleta y pagar los impuestos que correspondan. En el sitio web del SII podrá encontrar toda la información para cumplir con estos trámites".

Billetes. Ley de transferencias

No solo las transferencias: otras medidas contra la evasión e informalidad

  • IVA a la compra de bienes importados a través de plataformas digitales. Se elimina la exención de US$41 y se incorpora un sistema simplificado de pago de IVA de productos importados de hasta US$500, eliminándose los aranceles en este tramo para agilizar estas importaciones.
  • Exigencia de inicio de actividades y cumplimiento de sus obligaciones tributarias. La administración del Estado, los gobiernos regionales y las municipalidades deben exigirlo a los contribuyentes con los que contraten algún producto o servicio, así como las plataformas digitales. Los proveedores de medios de pago electrónicos solo deberán exigir inicio de actividades.
  • Instituciones bancarias deberán entregar información sobre transacciones que involucran más de 50 abonos de personas distintas, a un mismo contribuyente, dentro de un mes, o de 100 abonos en 6 meses, informando el monto agregado abonado.
  • Supermercados y restaurantes. Se reforzarán las instrucciones administrativas para evitar la emisión de facturas a empresas por compras de consumo personal.
  • Fiscalización en terreno. Se incrementará en forma sustantiva la fiscalización en terreno a lo largo de todo el país para combatir la evasión y la informalidad.
  • Trazabilidad. En conjunto con OS-9 de Carabineros y el Ministerio Público se detectó una empresa autorizada que producía cigarrillos en forma ilegal. Se están realizando operativos similares en todo el país.
  • Medidas preventivas. Se impide la emisión de facturas fraudulentas en línea, especialmente las de montos más significativos. Se reactivará el control carretero en el peaje de Angostura, fiscalizando el transporte de carga que ingresa a la Región Metropolitana.
  • Fiscalización. Se continuará aplicando las modernas herramientas tecnológicas y de control por Internet y en las Oficinas del SII a lo largo del país.