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¿Quiénes NO pueden ser vocales de mesa en las Municipales 2024?

No todas las personas pueden ser designadas como vocales de mesa en las elecciones municipales 2024. Conoce de quiénes se trata.

24horas.cl

Vocales de mesa. Elecciones municipales 2024.

Jueves 3 de octubre de 2024


Los vocales de mesa, cuya nómina publicará el Servel esta semana, serán claves para el desarrollo de las elecciones municipales 2024 del 26 y 27 de octubre. Si bien realizar esta labor es obligatorio, es importante mencionar que no puede ser ejercida por cualquier persona.

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Cabe señalar que el Servel publicará los vocales de mesa este sábado 5 de octubre junto con otros datos clave como los locales de votación. El periodo de excusas, en tanto, se extenderá del 7 al 9 del mismo mes.

Vocales de mesa: pagos y multas por no ejercer

Según el Servel, el monto que recibirán los vocales de mesa será de $28.432 por día, alcanzando un total cercano a los 60 mil pesos para quienes trabajen durante ambos días de votación.

Es importante mencionar que, de acuerdo con las disposiciones transitorias de la recientemente publicada Ley 21.693, los vocales de mesa deberán ejercer esta labor ambos días.

Por otro lado, quienes no asistan a cumplir como vocales de mesa serán sancionados, con multas que varían entre 2 a 8 UTM, es decir, entre $132.000 y $531.000.

¿Quiénes NO pueden ser designados vocales de mesa?

De acuerdo con lo detallado por el Servel, quienes no podrán cumplir con el rol de vocales de mesa son las siguientes personas:

  • Quien haya sido designado miembro del Colegio Escrutador o estar comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700
  • Las personas que desempeñen cargos de elección popular: Presidente de la República, Parlamentarios, Alcaldes y Concejales.  
  • Los cónyuges de candidatos o candidatas, parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado inclusive.
  • Extranjeros, no videntes, analfabetos y aquellos condenados por delitos que regulen las leyes electorales.  
  • Ministros de Estado, Subsecretarios, Delegados Presidenciales Regionales, Delegados Presidenciales Provinciales, Gobernadores Regionales, Consejeros Regionales.
  • Embajadores y Cónsules de Chile.  
  • El Contralor General de la República, Jefes Superiores de Servicio y Secretarios Regionales Ministeriales.  
  • Magistrados de los Tribunales, Jueces Letrados y Jueces de Policía Local, Fiscales del Ministerio Público.  
  • Los miembros de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad en servicio activo (no incluye al personal administrativo de estas ramas). 

Vocales de mesa

Causales para excusarse de ser vocal de mesa

  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva. 
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700. 
  • Tener más de 70 años de edad. 
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico. 
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud. 
  • Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control o un certificado médico. También se considerará al padre o madre de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento.  
  • Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).

Municipales 2024: cómo saber si soy vocal de mesa

Como en todos los procesos electorales, las personas habilitadas para votar podrán revisar si es que fueron designadas vocales de mesa a partir del 5 de octubre en la página web del Servel, siguiendo estos pasos:

  • Ingresa a consulta.servel.cl
  • Ingresar tu RUT sin puntos y con guion
  • Revisa tus datos electorales y si fuiste designado vocal de mesa.