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Por qué no puedo fotografiar mi voto del Plebiscito 2023

Chile vive un nuevo hito democrático en este Plebiscito del 17 de diciembre. Sin embargo, surge una preocupación clave: ¿puedo fotografiar mi voto? Acá te explicamos por qué no debes hacerlo.

24horas.cl

Fotografiar o grabar el voto. Servel

Domingo 17 de diciembre de 2023

Este domingo 17 de diciembre Chile vota en el Plebiscito 2023 por una nueva Constitución. En ese marco, surge la duda sobre si se puede, o no, fotografiar o grabar el voto con la opción marcada al interior de la cámara de votación. Acá te contamos por qué NO debes hacerlo.

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¿Puedo fotografiar mi voto?

¿Por qué no puedo fotografiar mi voto del Plebiscito 2023?

La legislación chilena, específicamente la Ley 18.700, establece, entre las conductas sancionables, la prohibición de fotografiar o grabar el voto.

Según el Servel, cualquier intento de registrar el voto, ya sea a través de fotografías o cualquier otro medio, es considerado una violación legal.

La medida busca preservar la confidencialidad y la libertad del elector. Al fotografiar el voto, se pone en riesgo la privacidad y se abre la puerta a posibles prácticas coercitivas. 

¿Por qué la ley es tan dura con una fotografía al voto?

Al sacarle una fotografía a tu voto, bajo la misma Ley 18.700, se puede presumir que cometes un delito de cohecho, pues se puede creer que lo haces como una prueba para justificar un pago de por medio.

En el Artículo 137 se establece que:

El que en cualquier elección popular, primaria o definitiva, vendiere suvoto o sufragare por dinero u otra dádiva, sufrirá la pena de reclusión menor en su grado mínimo y multa de 1 a 3 unidades tributarias mensuales. Se presumirá que ha incurrido en esta conducta el elector que, en el acto de sufragar, sea sorprendido empleando cualquier procedimiento o medio encaminado a dejar constancia de la preferencia que pueda señalar o haya señalado en la cédula.

El incumplir esta normativa puede ser castigado con penas que van desde los 61 a 541 días de cárcel, es decir casi tres años, y multras de 1 a 3 unidades tributarias.

Para el Plebiscito Constitucional de 2022, cuando se votaba la propuesta de la Convención Constituyente, el Servel hizo reiterados llamados a no fotografiar el voto.

Vale aclarar que la fotografía del voto se refiere a una imagen tomada que muestre tu preferencia de votación, es decir, la imagen de la opción que marcaste.