Este domingo 17 de diciembre Chile vota en el Plebiscito 2023 por una nueva Constitución. En ese marco, surge la duda sobre si se puede, o no, fotografiar o grabar el voto con la opción marcada al interior de la cámara de votación. Acá te contamos por qué NO debes hacerlo.
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¿Por qué no puedo fotografiar mi voto del Plebiscito 2023?
La legislación chilena, específicamente la Ley 18.700, establece, entre las conductas sancionables, la prohibición de fotografiar o grabar el voto.
Según el Servel, cualquier intento de registrar el voto, ya sea a través de fotografías o cualquier otro medio, es considerado una violación legal.
🚨 Recuerda, está prohibido fotografiar y grabar el voto al interior de la cámara secreta. La ley 18.700 Orgánica Constitucional Sobre Votaciones Populares y Escrutinios señala que ese acto es ilegal.#Elecciones2023 #VotamosTodasYTodos
— Servicio Electoral (@ServelChile) May 7, 2023
La medida busca preservar la confidencialidad y la libertad del elector. Al fotografiar el voto, se pone en riesgo la privacidad y se abre la puerta a posibles prácticas coercitivas.
¿Por qué la ley es tan dura con una fotografía al voto?
Al sacarle una fotografía a tu voto, bajo la misma Ley 18.700, se puede presumir que cometes un delito de cohecho, pues se puede creer que lo haces como una prueba para justificar un pago de por medio.
En el Artículo 137 se establece que:
El que en cualquier elección popular, primaria o definitiva, vendiere suvoto o sufragare por dinero u otra dádiva, sufrirá la pena de reclusión menor en su grado mínimo y multa de 1 a 3 unidades tributarias mensuales. Se presumirá que ha incurrido en esta conducta el elector que, en el acto de sufragar, sea sorprendido empleando cualquier procedimiento o medio encaminado a dejar constancia de la preferencia que pueda señalar o haya señalado en la cédula.
El incumplir esta normativa puede ser castigado con penas que van desde los 61 a 541 días de cárcel, es decir casi tres años, y multras de 1 a 3 unidades tributarias.
Para el Plebiscito Constitucional de 2022, cuando se votaba la propuesta de la Convención Constituyente, el Servel hizo reiterados llamados a no fotografiar el voto.
Reiteramos que está prohibido fotografiar y grabar el voto al interior de la cámara secreta. La ley 18.700 Orgánica Constitucional Sobre Votaciones Populares y Escrutinios señala que ese acto es ilegal. #PlebiscitoConstitucional #Elecciones2022 pic.twitter.com/ODA0Bv7MRp
Vale aclarar que la fotografía del voto se refiere a una imagen tomada que muestre tu preferencia de votación, es decir, la imagen de la opción que marcaste.