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Seguro de cesantía: 4 documentos que reemplazan un finiquito

Para pedir el pago del Seguro de Cesantía es necesario tener un documento, el finiquito. Aunque, si no cuenta con este, también existen otras alternativas.

24horas.cl

Foto: Agencia Uno

AFC, seguro de cesantía.

Jueves 4 de abril de 2024

Al quedar sin empleo, una de las opciones es solicitar el Seguro de Cesantía, un beneficio entregado por la Administración de Fondos de Cesantía (AFC), la cual gestiona la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) de cada trabador.

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Para pedir el pago del Seguro de Cesantía es necesario tener un documento, el finiquito. Aunque también hay otras alternativas.

Revisa a continuación los documentos que pueden reemplazar al finiquito.

Documentos para solicitar y cobrar el Seguro de Cesantía

Como ya lo adelantábamos, el documento más básico para certificar la cesantía y cobrar el seguro es el finiquito, aunque si no se cuenta con este existen otras opciones.

De acuerdo con la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), los documentos que pueden respaldar el fin de la relación laboral son los siguientes:

Cartas

  • Carta de despido: emitida y firmada por el empleador.
  • Comprobante de carta de despido: emitido oficialmente por la Dirección del Trabajo.
  • Carta de renuncia: firmada por el(la) trabajadora(a) y ratificada ante un ministro de fe. Además, se debe acreditar que el empleador la recepcionó a través de alguna de las siguientes opciones:
    – Firma, nombre y cargo de quien recibe la carta en la empresa.
    – El comprobante del envío que se realiza por correo certificado al domicilio de la empresa.
    – El comprobante del envío por correo electrónico al empleador, siempre que el correo esté registrado en el sistema de AFC Chile o tenga dominio corporativo.
  • Carta de mutuo acuerdo: firmada por el trabajador(a) y empleador(a), ratificada ante un ministro de fe.
  • Carta de autodespido o despido indirecto: firmada por el trabajador. Debe acreditar recepción del empleador mediante:
    – Firma, nombre y cargo de quien recibe la carta en la empresa.
    – Recepción vía correo certificado al domicilio de la empresa.
    – Recepción vía correo electrónico del empleador, siempre que el correo esté registrado en AFC Chile o tenga dominio corporativo.

Actas

  • Acta de avenimiento: firmada por el empleador, el(la) trabajador(a) y autorizada por un juez mediante resolución anexa, quien además debe firmar cada foja (página) del documento.
  • Acta de comparecencia o conciliación judicial: firmada por el empleador, el trabajador y autorizada por un juez mediante resolución anexa, quien además debe firmar cada foja (página) del documento.

Contratos

  • Contrato de trabajo menor a 30 días: relaciones laborales a plazo fijo de hasta 29 días. Debe contar con la firma del(la) trabajador(a) y del empleador.
  • Contrato de trabajo y liquidación de sueldo de trabajadores portuarios: aquellas labores que están sujetas a una faena o servicio determinado. El documento debe contar con la firma del(la) trabajador(a).

Otros documentos

  • Certificado de término de relación laboral emitido por la Inspección del Trabajo
  • Declaración jurada electrónica emitida por la Dirección del Trabajo
  • Comunicación de término de relación laboral por quiebra del empleador (Causal 163 bis)
  • Conciliación ante la Dirección del Trabajo
  • Sentencia judicial
  • Demanda laboral

Documentos para solicitar el Seguro de Cesantía

¿Cómo cobrar el Seguro de Cesantía?

El Seguro de Cesantía se puede cobrar de dos formas: online y presencial

Seguro de Cesantía online:

  1. Ingresar al sitio web de AFC Chile.
  2. Hacer clic en "Cobrar mi Seguro de Cesantía"
  3. Entrar con ClaveÚnica o Clave AFC.
  4. Diríjase a la pestaña "Cobro seguro"
  5. Llenar los datos del formulario y adjuntar los documentos correspondientes.

Seguro de Cesantía presencial:

Para realizar este trámite debes dirigirte a una de las sucursales de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), donde tienes que agendar tu hora.

Agenda tu hora presencial AQUÍ.

Requisitos para cobrar el Seguro de Cesantía

De acuerdo con el portal ChileAtiende, estos son los requisitos que apuntan a cómo cobrar el Seguro de Cesantía:

  • Estar cesante: condición que se debe acreditar mediante un finiquito, carta de despido, carta de renuncia, entre otros documentos.
  • En caso de tener contrato indefinido o trabajadores de casa particular: contar con al menos 12 cotizaciones continuas o descontinuas antes de terminar el contrato.
  • En caso de contrato a plazo fijo, obra o servicios: tener 6 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.

¿Cuánto es el dinero que recibo por el Seguro de Cesantía?

El monto entregado por el Seguro de Cesantía dependerá de cuantos giros mensuales lo permita la cuenta individual y este se rige por porcentajes de remuneración según los 12 meses anteriores a la cesantía.

Así quedarían por porcentajes de remuneración:

  • Primer mes: 70% 
  • Segundo mes: 55%
  • Tercer mes: 45%
  • Cuarto mes: 40%
  • Quinto mes: 35%
  • Sexto mes o superior: 30%