Todo indicaría que próximamente llegaría el fin de la alerta sanitaria, instaurada a causa de la pandemia del COVID-19. Quien dio luces fue la subsecretaria de Salud Pública Andrea Albagli, que el jueves pasado señaló que existe una alta probabilidad de que esta no sea prorrograda.
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"El escenario actual indica que efectivamente se va a terminar la alerta sanitaria, no va a haber una renovación", dijo la autoridad en conversación con ADN.
Si bien la subsecretaria reconoció que en los últimos días se ha detectado un aumento de la circulación viral, anticipó que "tendría que pasar algo muy inesperado para que sea necesario" renovar la alerta sanitaria.
Fue el pasado 7 de febrero de 2020 que el entonces ministro de Salud Jaime Mañalich decretó alerta sanitaria en el marco de la Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional anunciada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), medida que le otorga facultades al Estado para enfrentar la propagación del virus.
Alerta sanitaria: ¿se acaba el uso de mascarillas?
El fin del uso obligatorio de la mascarilla sucederá cuando se acabe la alerta sanitaria, es decir, el próximo 31 de agosto, si es que no fuera prorrogada por las autoridades. La última vez que esta se renovó fue el pasado mes de marzo.
Lo anterior significaría que, a partir del 1 de septiembre, tanto los establecimientos educacionales como en recintos de salud, únicos lugares en que aún es un requisito su uso, no sería obligatorio ocupar la mascarilla.
Cabe mencionar que los recintos de salud que decidan que aún se use la mascarilla al interior de los recintos podrán hacerlo, pero ante la falta de alerta sanitaria las personas podrían negarse utilizarla e ingresar de todas formas.
Fin alerta sanitaria: ¿qué más implicaría?
El fin de la alerta sanitaria no solo traería consigo que se acabe el uso obligatorio de mascarillas, sino que también se limitarán ciertas condiciones que fueron establecidas para los trabajadores, como el teletrabajo.
El decreto Nº10 de marzo de 2023 emitido por Minsal, que prorrogaba la alerta sanitaria por el Covid-19, se habilitaba el teletrabajo como derecho en el sector público y privado. La modalidad de trabajo solo procedía en el caso "que la naturaleza de las funciones de los trabajadores lo permita y no se pueden disminuir las remuneraciones respectivas".
De igual manera, mientras dure la alerta sanitaria, los trabajadores tenían derecho a teletrabajo o trabajo a distancia, quienes tuvieran a su cuidado a un menor de 18 años, cuidado de una persona adulta mayor (60 años o más) o bajo su cuidado a peresonas en situación de discapacidad (acreditada con certificado, credencial o inscripción de discapacidad).