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Caso Pío Nono: Sebastián Zamora es absuelto de homicidio frustrado y apremios ilegítimos

El tribunal no pudo acreditar las acusaciones contra el ex carabinero, descartando la intención de matar al joven que cayó del puente Pío Nono en medio del estallido social.

24horas.cl

Viernes 12 de julio de 2024

El 4° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago absolvió unánimemente de los delitos de homicidio frustrado y apremios ilegítimos a Sebastián Zamora, ex carabinero implicado en la caída de un joven desde el Puente Pío Nono en medio el 2 de octubre de 2020, en medio del estallido social, instancia conocida como el Caso Pío Nono

Según el tribunal, en la presentación de pruebas no fue posible acreditar la acusación de la Fiscalía, descartando que Zamora haya empujado con dolo o intención al afectado.

El detalle del fallo señaló que los hechos ocurrieron en medio de una manfiestación pacífica en torno a Plaza Baquedano, pero que una facción de esta comenzó a generar disturbios en las cercanías al puente.

Igualmente, la justicia enfatizó que hubo "tantas versiones que ni siquiera los acusadores pudieron precisar, limitándose a conceptos generales".

Al respecto, el  tribunal no pudo determinar cuáles de las lesiones sufridas por el caído pudieron haber generado un riesgo de muerte, instancia que era parte de la acusación de homicidio frustrado.

La querella del INDH, respecto a la existencia de apremios ilegítimos en caso, también fueron desechados por el Poder Judicial.

A ello se sumó que la frase expresada por Zamora tras la caída, "¡lo maté, lo maté!", no es "determinante para tener probado el hecho" como una confesión.

Juicio oral y no abreviado

La resolución fue dada tras un juicio oral iniciado el pasado 22 de mayo, el cual se ejecutó luego de que el propio Zamora rechazara ir a un procedimiento abreviado a cambio de reconocer su culpabilidad.

Al respecto, la fiscal Ximena Chong, en representación de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte, acusó al entonces carabinero Sebastián Zamora de homicidio frustrado tras empujar al joven.

Concretamente, Chong detalló que el actuar de Zamora geneó fractruras en ambas muñecas, un traumatismo craneoencefálico (TEC) y una contusión en su pulmón derecho del afectado.

Por su parte, la defensa del imputado sostuvo que existen imágenes demostrativas de que no actuó con intención, sino que lo sucedido fue un "choque casual" con la víctima en un intento por detenerlo.

En su declaración, Zamora enfatizó que en el hecho "abro mis brazos, voy en esa posición, y, al momento de llegar a la persona, ésta hace un movimiento de giro hacia la izquierda e impacta su hombro con mi pecho, lo que hace que choquemos y yo salga proyectado en un par de metros hacia el norte, deslizándome y perdiendo el equilibrio, mientras que la otra persona sale proyectada hacia la baranda del puente".

Asimismo, el antes carabinero se refirió a las declaraciones que quedaron registradas en la cámara corporal que portaba en aquel 2 de octubre de 2020, en las cuales se escucha a Zamora decir: "Lo maté".  

"Revisando las imágenes de la carpeta investigativa me doy cuenta a cada instante que repetía la palabra 'lo maté'. Pero no era un 'lo maté' de celebración, era de urgido por decirlo así, de pena", sostuvo.