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Elecciones 2024: ¿hay que excusarse los dos días o solo uno?

Conoce cuáles son las excusas de votación para las elecciones municipales 2024 y cómo deben ser presentadas ante las autoridades.

24horas.cl

Servel. Elecciones municipales 2024. excusas de votación

Miércoles 23 de octubre de 2024

Las próximas elecciones municipales 2024 del sábado 26 y domingo 27 de octubre son de carácter obligatorio, por lo que quienes no puedan acudir a votar, deberán excusarse formalmente o, de lo contario, se arriesgan a tener que pagar multas monetarias.

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Ya que las votaciones son en dos días, hay quienes tienen dudas respecto a las excusas de votación y si es que deben presentarse para los dos días, o solamente uno. Te contamos lo que explicaron desde el Gobierno a continuación.

Elecciones 2024: excusas de votación y multas

Las excusas de votación para las elecciones 2024, y que podrán ser presentadas con la documentación que corresponda a los Juzgados de Policía Local, son las siguientes:

  • Estar a 200 km del domicilio electoral.
  • Estar enfermo.
  • Estar fuera del país.
  • Haber desempeñado las funciones que establece la ley N° 18.700 para que la votación se lleve a cabo.
  • Estar afectado otro impedimento grave.

Cabe señalar que si los días de las elecciones no votas, no debes realizar ningún trámite ante Servel. Solo tendrás que esperar la citación del Juez de Policía Local en tu domicilio electoral en los meses siguientes a los comicios.

Elecciones municipales 2024.

En este sentido, la multa por no votar será de 0,5 UTM, es decir, aproximadamente $33.000.

Elecciones 2024: ¿hay que excusarse un día o los dos?

Según lo explicado por el ministro secretario general de la Presidencia, Álvaro Elizalde, ya que las elecciones municipales 2024 se realizan en dos jornadas, entonces la persona que desee excusarse "tiene que haber tenido un impedimento en esos dos días".

"Si la jornada electoral, que parte a las 8:00 y termina a las 18:00 (...) que usted no pueda en la mañana, pero pueda en la tarde, la excusa no comprende el conjunto de la jornada electoral, lo mismo se aplica respecto de los dos días", comenzó señalando la autoridad.

En ese sentido, añadió que "si una persona está enferma o fuera del país, y esos dos días está imposibilitado de votar, tiene una excusa conforme a lo establecido por la ley. En caso contrario, deberá acudir a votar".

En el caso de que una persona se encuentre a 200 km de su domicilio electoral por los dos días, entonces "basta con señalar que, durante ese fin de semana, se va a estar a más de 200 km de distancia".

Finalizó sentenciando que el Juzgado de Policía Local tendrá que tendrán que calificar caso a caso si se aplica o no la sanción.