Click acá para ir directamente al contenido

¿Cuántas horas puedo faltar al trabajo para ir votar?

Este fin de semana serán las elecciones municipales 2024, las cuales son obligatorias. ¿Qué derechos tienen quienes trabajan estos días? Te contamos.

24horas.cl

Elecciones municipales 2024.

Viernes 25 de octubre de 2024

Este sábado 26 y domingo 27 de octubre serán las elecciones municipales 2024, las cuales son de carácter obligatorio, por lo que todos quienes estén habilitados para votar deberán acudir a las urnas.

LEE TAMBIÉN

    Este fin de semana igualmente habrá personas que deberán ir a trabajar y completar su jornada laboral, sin embargo, podrán faltar por unas horas al trabajo para emitir su voto. ¿Por cuánto rato y qué dijeron las autoridades? Te contamos.

    ¿Cuántas horas puedo ausentarme del trabajo por las elecciones 2024?

    De acuerdo con la Dirección del Trabajo, los trabajadores que tengan que trabajar el sábado 26 y el domingo 27 de octubre tendrán derecho a que los empleadores les otorguen un permiso de tres horas para sufragar, lo cual será fiscalizado por la entidad.

    Lo anterior se precisa en el dictamen N°656/24 emitido por la DT, en el cual también se indica que debe darse un tiempo apropiado para quienes fueron designados vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados ante la Junta electoral. Lo anterior, sin descuentos remuneracionales ni sanciones.

    Los trabajadores, además, podrán elegir el día en el que sufragarán

    Elecciones 2024.

    Elecciones 2024: multas de la DT por incumplimiento

    Según la DT, los días de elecciones se fiscalizarán las siguientes materias:

    1. No otorgamiento de feriado legal obligatorio e irrenunciable para los trabajadores comprendidos en el numeral 7 del artículo 38 del Código del Trabajo, en aquellos casos en que presten servicios en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.
      • Multas de entre 30 ($1.996.830) y 150 ($9.984.150) UTM (*2), dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
    2. No otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral, para quienes los días de la elección no constituyen feriado legal irrenunciable.
      • Multas de entre 3 ($199.683) y 60 ($3.993.660) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
    3. No otorgamiento de permiso por 3 horas a trabajadores para sufragar.
      • Multas de entre 3 ($199.683) y 60 ($3.993.660) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

    ¿Cómo denunciar ante la DT por incumplimiento en elecciones?

    Si tienes denuncias por acontecimientos en los días de elecciones, serán recibidas en el sitio web de la Dirección del Trabajo y en el número 600 450 4000 de la Dirección del Trabajo, entre las 9:00 y las 15:00 horas del 27 de octubre.