El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) consiste en un aporte monetario para mujer y jefas de hogar, entre los 25 y 59 años de edad, de niveles socioeconómicos más vulnerables, como un aporte del Estado para ayudar a mejorar sus ingresos y la incorporación de estas al mercado laboral.
LEE TAMBIÉN:
- Bono al Trabajo de la Mujer: monto del pago anual y cómo postular
- Bono al Trabajo de la Mujer: qué es, requisitos y cómo postular
Si bien el pago anual se realizó el 29 de agosto de este año, surge la duda de cuándo será el pago del mes de octubre para quienes hayan elegido realizarlo de forma fraccionaria.
¿Cuándo se paga el Bono al Trabajo de la Mujer en octubre?
Las beneficiarios que hayan elegido recibir el pago de forma fraccionaria, es decir, mensualmente, recibirán el próximo beneficio el miércoles 30 de octubre, lo cual corresponde a la renta de julio 2024.
Bono al Trabajo de la Mujer en octubre: ¿Qué ingreso mensual recibiré?
El aporte del Bono al Trabajo de la Mujer depende de la siguiente escala:
- Si la renta mensual es igual o inferior a $282.512, puede recibir entre $1 a $42.377
- Si es superior a $282.512 e igual o inferior a $353.140, puede recibir un monto cercano a $42.377
- Si es superior a $353.140 e inferior a $635.651, puede recibir desde $42.377 a $1
¿Dónde se realiza el pago del Bono al Trabajo de la Mujer?
El pago se deposita en la CuentaRUT o la cuenta bancaria de la titular del bono. Para quienes eligieron realizarlo en pago en efectivo, deberán presentarse en la Red de atención de Banco Estado o ServiEstado con su cédula de identidad vigente.
¿Puedo aún postular al Bono al Trabajo de la Mujer?
Se puede pastular al Bono al Trabajo de la Mujer de forma mensual durante todo el año. Sin embargo, recibirás el pago con cuatro meses de diferencia desde la postulación.
Postula AQUÍ.
Bono al Trabajo de la Mujer: Requisitos
Entre los requisitos informados por el SENCE se encuentran:
- Estar trabajando de manera dependiente y/o independiente.
- Tener al día los pagos de cotizaciones de pensión y salud.
- En el caso de los pagos provisionales mensuales, se debe acreditar una renta bruta mensual inferior a $635.651.
- No trabajar en una institución del Estado, municipios incluidos; o una empresa privada que reciba aporte estatal igual o superior al 50%
Puedes revisar si cumples con los requisitos en ESTE LINK.