El Pleno de la Comisión Experta sigue votando en particular los capítulos del anteproyecto de nueva Constitución. Este lunes, la instancia dio luz verde a las normas relativas a los gobiernos locales y a la nueva gobernanza del Poder Judicial.
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El Capítulo VI llamado "Gobierno y administración regional y local", establece que el "Estado de Chile es unitario y descentralizado" y que el territorio se divide en regiones, y estas en comunas, "cuyos gobiernos gozan de autonomía dentro de los ámbitos de su competencia y en la forma que determine la Constitución y las leyes. En ningún caso el ejercicio de esta autonomía podrá afectar el carácter único e indivisible del Estado".
"La ley establecerá mecanismos para respetar y promover los derechos de los pueblos indígenas reconocidos en esta Constitución en las regiones y comunas, y, especialmente, en aquellas con presencia significativa de población pertenecientes a ellos", suma el texto.
Entre las principales novedades está la creación de un "Consejo de Gobernadores" y de un "Consejo de Alcaldes", instancias de carácter consultivo y representativo para abordar problemas, "promover una coordinación efectiva entre los distintos órganos con presencia regional y fomentar una cooperación eficaz entre los gobiernos locales".
"Las elecciones de alcaldes, concejales, gobernadores y consejeros regionales se efectuarán conjuntamente, cada cuatro años, el último domingo del mes de abril", sentencia.
CAPÍTULO VII: PODER JUDICIAL
Respecto al Capítulo VII sobre Poder Judicial, destaca la creación de una gobernanza jurídica autónoma que quedará encargada del nombramiento de los jueces, la facultad disciplinaria y las materias administrativas. Actualmente, dichas labores recaen en la Corte Suprema o la de Apelaciones.
"Para la gobernanza del Poder Judicial existirán órganos autónomos encargados de los nombramientos de sus integrantes, el ejercicio de las facultades disciplinarias, la formación y el perfeccionamiento de jueces y funcionarios, así como la gestión y administración del Poder Judicial. Existirá un órgano por cada uno de ellos, los que funcionarán separadamente y de forma coordinada", consigna lo aprobado.
Quedó establecido que los cuatro órganos autónomos deban coordinarse en un consejo: "Existirá un Consejo Coordinador del Poder Judicial, cuya única función será coordinar la actuación de los órganos autónomos referidos en el artículo anterior, entre sí y con la Corte Suprema, sin perjuicio de su respectivo funcionamiento separado e independiente. Dicho consejo será de carácter permanente y consultivo".
El texto fue despachado con 23 votos a favor y la abstención del comisionado socialista Flavio Quezada, quien acusó que se trata de un "capítulo desequilibrado y conservador", tildando sus normas de "toscas".