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Ley Karin: 3 conductas sancionables y cómo denunciar

Conoce cuáles son los actos sancionables que contempla la Ley Karin y dónde recurrir en el caso de ser víctima.

24horas.cl

Ley Karin. Acoso laboral.

Jueves 1 de agosto de 2024

Este jueves 1 de agosto comenzó a regir la Ley N°21.643, más conocida como  Ley Karin, que modifica el Código del Trabajo con la finalidad de fomentar ambientes basados en el respeto y la no violencia en el trabajo.

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La Ley Karin está inspirada en el caso de Karin Salgado, una enfermera de 40 años quien se quitó la vida en 2019 tras sufrir acoso laboral en el Hospital Herminda Martín de Chillán.

Ley Karin. Acoso laboral

En esta nota te contamos más sobre la Ley Karin, las conductas que sanciona y cómo denunciarlas.

¿Qué es la Ley Karin?

La ley N°21.643, o Ley Karin, busca la prevención, investigación y sanción de conductas relacionadas con el acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo.

Uno de los mayores avances que dispone la norma en relación a la legislación antigua es que basta una sola vez o un solo acto de acoso laboral, sexual o violencia en el trabajo para que pueda ser sancionado. La ley previa establecía que el hostigamiento debía ser reiterado para constituir acoso.

Según Carla Rojas, coordinadora de inclusión y género del Observatorio de Gestión de personas FEN UChile, "la violencia de género en el lugar de trabajo es una de las principales razones por las cuales muchas mujeres deciden abandonar sus empleos".

En ese sentido, la Ley Karin busca abordar esta problemática desde una perspectiva de género, reconociendo las experiencias únicas de discriminación que enfrentan las mujeres en el ámbito laboral.

VIOLENCIA EN EL TRABAJO. LEY KARIN

Ley Karin: las 3 conductas denunciables

La Ley Karin, en concreto, sanciona conductas relacionadas a tres ámbitos: el acoso sexual, el acoso laboral y la violencia en el trabajo.

Lo anterior es bajo el fundamento de que las relaciones laborales "deberán siempre fundarse en un trato libre de violencia, compatible con la dignidad de la persona y con perspectiva de género", explica el texto de la ley.

De este modo, los mencionados tres actos quedaron definidos como:

  • El acoso sexual, entendiéndose por tal el que una persona realice, en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.
  • El acoso laboral, entendiéndose por tal toda conducta que constituya agresión u hostigamiento ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio, ya sea que se manifieste una sola vez o de manera reiterada, y que tenga como resultado para el o los afectados su menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.
  • La violencia en el trabajo ejercida por terceros ajenos a la relación laboral, entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten a las trabajadoras y a los trabajadores, con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores o usuarios, entre otros.

Ley Karin

¿Dónde deben acudir los denunciantes por la Ley Karin?

Para quienes sientan que están viviendo alguna de las mencionadas conductas y quieran denunciar los hechos a través de la Ley Karin, pueden hacerlo a través de las siguientes vías, indican desde la Subsecretaría de Previsión Social:

  • Ante el empleador/a
  • Ante la Inspección del Trabajo
  • Ante los tribunales laborales

Cabe señalar que, al momento de denunciar un caso de acoso sexual, laboral o violencia en el trabajo, el denunciante deberá hacer llegar su denuncia por escrito o de manera verbal a la empresa, establecimiento o servicio, o a la Inspección del Trabajo. Si la denuncia es realizada verbalmente, la persona que la reciba deberá levantar un acta, la que será firmada por la persona denunciante.

"La ley hace énfasis en la confidencialidad y protección de la privacidad de los denunciantes, y dispone medidas inmediatas de resguardo para protegerlos," afirma Rebeca Zamora, abogada y docente, del Diplomado en Perspectiva de Género para la Gestión de las Organizaciones de Unegocios FEN.

Ley Karin y atención a víctimas

En cuanto al apoyo a las víctimas, la psicóloga Carla Rojas subraya la importancia de proporcionar primeros auxilios psicológicos inmediatos y monitorear el impacto de la situación en su salud mental. En relación a este punto, la ley establece que las organizaciones pueden derivar a las víctimas a entidades especializadas para recibir atención primaria.

"Es crucial asegurar una respuesta rápida y adecuada que aborde tanto los riesgos inmediatos como el impacto en la salud mental de la víctima," explica Rojas.