A pesar de que hayan pasado ya tres meses desde el fin del plazo para realizar la declaración de impuestos, existen personas y empresas que aún no realizan este trámite. Según explica la Defensoría del Contribuyente (Dedecon), estos contribuyentes corren el riesgo de ser citados por el Servicio de Impuestos Internos (SII), y de que liquide o gire los tributos adeudados de aquí a los próximos 6 años. Si usted se encuentra en este grupo, no se desespere, pues aún puede realizar este proceso.
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Si la persona tiene la obligación de declarar renta y ésta implica un pago de impuestos, se le aplicarán reajustes (según IPC), intereses (1,5% mensual o fracción) y multas por la presentación fuera de plazo. Sobre el monto reajustado, se aplicará una infracción de un 10%, siempre que dicho retardo u omisión no sea superior a 5 meses. Posterior a ello, la multa subirá un 2% por cada mes o fracción de mes de retraso, no pudiendo exceder el 30% de los impuestos adeudados.
Si, por el contrario, al contribuyente le corresponde una devolución de impuestos o su declaración se encuentra “calzada” (sin pago ni devolución), se aplicará una infracción que va desde 1 UTM ($66 mil aproximadamente) a 1 UTA ($790 mil aprox.).
Sin embargo, la Dedecon añade que, quienes paguen sus impuestos y/o multas, reajustes e intereses, en este período podrán acceder a la condonación de hasta un 70% de lo aplicado por la presentación de la declaración de renta fuera de plazo.
¿Cómo declarar fuera de plazo?
Si usted aún no declara su renta, puede acceder a tres distintos métodos para remediar este situación, los cuales son los siguientes:
- Hacerlo en línea: Primero, debe ingresar al sitio web del SII con su RUT y Clave Tributaria (o ClaveÚnica). Una vez registrado, dirigirse a “Servicios online”, pinchar en “Declaración de renta”, entrar a “Declarar renta”, y “Seleccionar año 2024”.
- Ingresar una petición administrativa en el sitio web del SII: Ingresar nuevamente con el RUT y Clave Tributaria (o ClaveÚnica). Dirigirse a “Servicios online”, esta vez hacer click en “Peticiones administrativas y otras solicitudes”, luego apretar “Ingresar petición administrativa”. Allí, seleccionar el formulario “F22 fuera de plazo” e indicar en la descripción de la solicitud la necesidad de declarar renta para el año tributario 2024 y/u otro anterior.
- Presencialmente en la oficina del SII que corresponda según domicilio, si no puede realizarlo por alguna de las dos opciones anteriores.
REVISA EL SITIO WEB DEL SII PARA DECLARAR TU RENTA FUERA DE PLAZO
De igual modo, por el monto adeudado también se puede acceder a convenio en la Tesorería General de la República (TGR). Para ello, se debe solicitar el giro al SII (presencial o por petición administrativa) y, luego, dirigirse a una oficina de Tesorería para suscribir el compromiso de pago o realizar dicho trámite en el sitio web oficial de la TGR.
REVISA EL SITIO WEB DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PARA ACCEDER A CONVENIO.
¿Quiénes están obligados(as) a declarar renta?
- Todas las empresas y personas que durante el año comercial 2023 tuvieron un ingreso anual superior a los $10.402.992, salvo que éste monto corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador.
- Quienes tuvieron más de un(a) empleador(a) o pagador(a), o trabajaron a honorarios y deben calcular sus cotizaciones previsionales.
- Personas que solicitaron el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021. En esta Operación Renta se calcula y paga la cuota correspondiente (30% del monto solicitado, respectivamente).
- Quienes quieran acceder a algún beneficio o crédito tributario como, por ejemplo, la rebaja de intereses por dividendos hipotecarios. Deben declarar para ello.
Si algún(a) contribuyente sufrió retrasos en su declaración por alguna vulneración de sus derechos durante el proceso, puede contactar a la Defensoría del Contribuyente para analizar su caso y representarlo administrativamente ante el SII.