Queda un poco más de un mes para que se realicen las elecciones municipales 2024, las cuales este año serán divididas en dos jornadas: los próximos sábado 26 y domingo 27 de octubre. Ante este nuevo proceso, y al igual que años anteriores, surge la duda de cuándo se dará a conocer la lista de vocales de mesas, quienes deberán ejercer su función durante ambos días.
De acuerdo a la información entregada por el Servicio Electoral (SERVEL), la lista oficial de vocales de mesa y locales de votación se dará a conocer el próximo sábado 5 de octubre. Posterior a esto, quienes fueron designados pero no puedan cumplir con la labor, tendrán la posibilidad de excusarse ante la Junta Electoral entre el 7 y 9 de octubre.
Después de este período, Servel dará a conocer la nómina con los vocales reemplazantes el sábado 12 de octubre, quienes no podrán excusarse del proceso.
Para poder revisar si se fue designado como vocal de mesa, las personas pueden ingresar al sitio web de Servel e ingresar el RUT para conocer la información.
¿Cuáles son las excusas válidas para no ser vocal de mesa?
El Servicio Electoral en su sitio web explica que las excusas contempladas en la ley 18.700 son las siguientes:
- Estar ausente del país o radicado a una distancia de más de 300 kilómetros.
- Tener más de 70 años de edad.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios el día de la elección.
- Embarazadas.
- Ser padre o madre de un hijo o hija menor de dos años. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.
- Ser cuidadora o cuidador de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).
Multas por no votar en las elecciones municipales 2024
La multa por no votar en las elecciones municipales 2024 será de 0,5 UTM, es decir, aproximadamente $33.000. Será emitida desde los Juzgados de Policía Local para quienes no lleguen a votar.
No se aplicará la sanción a quienes, el día de la elección:
- Se encuentren enfermos
- Ausentes del país o en una localidad ubicada a más de 200 kilómetros del local de votación
- No hubiesen podido cumplir con su obligación por otro impedimento grave debidamente acreditado ante el juez de policía local.