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Seguro de Cesantía: quiénes pueden optar y cómo solicitar el pago

Además, revisa en esta nota nota quiénes NO pueden acceder a esta iniciativa.

24horas.cl

Aton

Domingo 16 de febrero de 2025

El Seguro de Cesantía es una medida a la que pueden optar las personas en caso de que se queden sin empleo, y para acceder a ella es necesario que sigan una serie de pasos. 

Esta iniciativa está a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que busca proteger a las personas que se rigen por el Código del Trabajo.

Según detalló ChileAtiende en su página web, "cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si queda cesante podrá retirar el dinero en giros mensuales. De no tener fondos, puede recurrir al Fondo de Cesantía Solidario (FCS) siempre que cumpla con las causales de término y las cotizaciones".

"Quienes no cumplen los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación", agregó la entidad. 

Afiliación al Seguro de Cesantía: ¿en qué casos es automática?

De acuerdo a ChileAtiende, la afiliación a este beneficio es automática si se cumplen con los siguientes requisitos:

  • Eres mayor de 18 años
  • Fuiste contratado a partir del 2 de octubre de 2002
  • Tu contrato se rige por el Código del Trabajo, Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o eres trabajadora o trabajar de casa particular

"Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com. En ambos casos, el plazo es de 13 días posteriores al inicio del contrato", detalló la entidad. Además, el empleador puede concretar este trámite en las sucursales de la AFC en los 10 días siguientes tras el inicio del contrato. 

Seguro de Cesantía: ¿quiénes NO pueden acceder?

Las personas que no pueden optar a este Seguro de Cesantía son las siguientes:

  • Empleadas y empleados públicos
  • Funcionarios y funcionarias de las Fuerzas Armadas y de Orden
  • Trabajadores y trabajadoras independientes o por cuenta propia
  • Menores de 18 años
  • Pensionados y pensionadas (excepto aquellos por invalidez parcial)

Requisitos para acceder al Seguro de Cesantía

Quienes deseen optar a este seguro deben acreditar su cesantía con estos documentos:

  • Finiquito
  • Carta de despido
  • Carta de renuncia
  • Acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo
  • Certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial

Contar con un mínimo de cotizaciones pagadas:

  • Contrato indefinido: al menos 10 cotizaciones mensuales
  • Contrato a plazo fijo o por obra, faena o servicio determinado: al menos 5 cotizaciones mensuales

Las cotizaciones se cuentan:

  • Desde la afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Las cotizaciones pueden ser continuas o discontinuas y de uno o más empleadores

El paso a paso para solicitar el pago del Seguro de Cesantía

A continuación te dejamos los pasos que hay que concretar para pedir el pago de esta medida, en caso de quedar desempleado. 

  • Ingresar a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. 
  • Completar tus datos e ingresar el finiquito o documento que acredite la cesantía
  • Subir una foto de tu cédula de identidad por ambos lados

Asimismo, se puede solicitar el pago en una sucursal de la AFC, "con tu cédula de identidad vigente y el finiquito o documento de cesantía".