Click acá para ir directamente al contenido

¿Quiénes pueden hacer teletrabajo durante un Estado de Catástrofe?

En caso de Estado de Catástrofe, el Código del Trabajo obliga al empleador a ofrecer la opción de teletrabajo a sus trabajadores, si es que la naturaleza de las funciones lo permite. Revisa todos los detalles de la normativa.

24horas.cl

Teletrabajo durante Estado de Catástrofe.

Jueves 13 de junio de 2024

Este jueves el Gobierno decretó Zona de Catástrofe en seis regiones del país, las cuales están siendo afectadas por el intenso sistema frontal que se prolongará hasta el sábado. 

Específicamente el Zona de Catástrofe está vigente en Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O'Higgins, Maule y Ñuble.

La vicepresidenta Carolina Tohá anunció la medida, indicando que permitirá "facilitar todos los procesos administrativos como la compra y la contratación de personal".

En tanto, en la región de Biobío continúa el Estado de Catástrofe decretado el pasado miércoles. 

En este contexto, son muchas las dudas que surgen entre la población, una de las más comunes es si en medio de la emergencia se puede optar al teletrabajo. La respuesta es positiva, pero solo para algunos trabajadores. 

Revisa los detalles a continuación. 

LEE TAMBIÉN

¿Qué es y qué implica la zona y Estado de Catástrofe?

Según la Constitución de Chile el Estado de Catástrofe se puede decretar en casos de "calamidad pública dentro de una determinada zona geográfica" o condiciones que "generen un grave daño al normal desarrollo de la vida social y la economía, afectando significativamente a personas o bienes dentro del territorio de la República". 

Esta condición comienzan a regir desde la publicación del decreto en el Diario Oficial y puede durar un máximo de 90 días. Sin embargo, el Presidente de la República tiene la potestad de solicitar nuevamente su prórroga o su nueva declaración si se cumplen las circunstancias que lo motivan.

Lluvias en el Biobío.

La medida permite resringir las libertades de locomoción, reunión y el derecho de propiedad. Y para determinar aquello, en las zonas afectadas se designa un Jefe de la Defensa Nacional, quien tiene competencias legales para reponer la normalidad en el territorio determinado y, además el Presidente de la República puede delegar en él otras atribuciones tales como:

  • Restringir las libertades de locomoción y de reunión
  • Disponer requisiciones de bienes
  • Establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad
  • Adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad en la zona afectada
  • Controlar la entrada y salida de la zona y el tránsito en ella
  • Dictar medidas para la protección de las obras de arte y de los servicios de utilidad pública

En tanto, en centros mineros o industriales, el Estado de Catástrofe permite:

  • Ordenar el acopio, almacenamiento o formación de reservas de alimentos, artículos y mercancías que se precisen para la atención y subsistencia de la población en la zona y controlar la entrada y salida de tales bienes
  • Determinar la distribución o utilización gratuita u onerosa de los bienes referidos para el mantenimiento y subsistencia de la población de la zona afectada
  • Establecer condiciones para la celebración de reuniones en lugares de uso público
  • Impartir directamente instrucciones a todos los funcionarios del Estado, de sus empresas o de las municipalidades que se encuentren en la zona, con el exclusivo propósito de subsanar los efectos de la calamidad pública
  • Difundir por los medios de comunicación social las informaciones necesarias para dar tranquilidad a la población
  • Dictar las directrices e instrucciones necesarias para el mantenimiento del orden en la zona. 


¿Se puede hacer teletrabajo durante un Estado de Catástrofe?

De acuerdo a la Dirección del Trabajo y al Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, si los trabajadores y trabajadoras enfrentan situaciones imprevisibles e irresistibles, como este sistema frontal, y lo anterior no les permite cumplir con normalidad sus funciones, pueden acogerse a la causal de fuerza mayor, mediante la cual no se puede despedir o descontar remuneraciones. 

Asimismo,  según el artículo 206 bis del Código del Trabajo los empleadores/as en determinadas situaciones excepcionales, como en Estado de Catástrofe, deben ofrecer a trabajadores y trabajadoras la posibilidad de teletrabajo; siempre y cuando sus funciones lo permitan. 

¿Quiénes pueden hacer teletrabajo durante un Estado de Catástrofe?

Los trabajadores que tienen a cargo niños y niñas en etapa preescolar, en la medida que el empleo sea compatible con el teletrabajo. 

Lo mismo corre para las personas con discapacidad o trabajadores que estén a cargo de personas con alguna discapacidad.