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Revisa las ayudas económicas destinadas para madres

Conoce la serie de beneficios y ayudas sociales que están destinadas a madres, biológicas o adoptivas, para enfrentar los gastos de los últimos meses de este año 2024.

24 Horas

Sábado 12 de octubre de 2024

Ya quedan pocos meses para que termine este año 2024 y siempre es bueno recordar y revisar las ayudas sociales que hay disponibles para poder costear los servicios básicos o para garantizar el acceso a un derecho.

Y uno de los grupos de la población que puede optar a una serie de beneficios disponibles son las mujeres que son madres, biológicas y adoptivas, a través de ayudas económicas mensuales o en un periodo determinado. 

Conoce a continuación las ayudas económicas para madres

Bono de Protección

El Bono Dueña de Casa, o Bono de Protección, es un beneficio no postulable que se entrega principalmente a las familias y personas que pertenecen al Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades.

De acuerdo con ChileAtiende, el Bono Dueña de Casa va dirigido a "las personas que son parte del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades, quienes deben haber aceptado la invitación a participar de uno de los programas del subsistema (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos)".

Un proceso que se debe realizar "a través de la firma de la carta de compromiso y del plan de intervención, acciones que una vez realizadas, generan las gestiones y posterior pago del bono de protección, el que inicia en una fecha próxima a las primeras sesiones de acompañamiento psicosocial", agrega.

El monto mensual del Bono de Protección a pagar por hogar o persona usuaria es diferenciado en el tiempo, dependiendo del período de ejecución del apoyo psicosocial (APS), de acuerdo a los siguientes tramos:

  • Los primeros 6 meses el bono asciende a $22.674.
  • Desde el mes 7 al mes 12, el bono es de $17.256.
  • Desde el mes 13 al mes 18 el bono es de $11.864.
  • Desde el mes 19 al 24 el bono es de $20.328 (valor corresponde a monto SUF).

Cabe señalar que estos valores se reajustan el 1 de febrero de cada año, en el 100% de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.

Asignación Maternal 

De acuerdo a la página del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, la Asignación Maternal es porte económico que se entrega a las trabajadoras embarazadas y a los trabajadores cuyas cónyuges embarazadas sean cargas de Asignación Familiar.

El beneficio puede ser solicitado solamente a partir del quinto mes de embarazo, pero una vez asignado y verificado el derecho al beneficio, éste se paga retroactivamente (paga los meses anteriores) y los meses que quedan para completar el período de gestación.

¿A quién está dirigido?

A todas las trabajadoras embarazadas dependientes e independientes afiliadas a un régimen de previsión y en goce de subsidio de cualquier naturaleza.

A los trabajadores dependientes, independientes y en goce de subsidio cuyas cónyuges embarazadas sean causantes de Asignación Familiar.

Subsidio Familiar 

Como explica ChileAtiende, el Subsidio Familiar es un beneficio económico mensual que puedes solicitar en tu municipio si eres madre, padre, tutor o tutora, no tienes previsión social y perteneces al 60% de la población socioeconómicamente más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH)

Durante el embarazo puedes solicitar el Subsidio Maternal (conocido como SUF Maternal) a partir del quinto mes de gestación. El pago será retroactivo por todo el período del embarazo.

¿Cuál es el monto del beneficio?

Recibirás $21.243 por cada carga familiar que acredites. Si se trata de una persona con discapacidad, el monto será de $42.486.

Bono por hijo

La bonificación conocida como "Bono por Hijo 2024", es uno de los tantos aportes que entrega el Estado, con el objetivo de apoyar a las madres pensionadas

De acuerdo con lo detallado por el IPS, la bonificación del Bono por Hijo tiene su foco en:

  1. Madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
  2. Madres titulares de una Pensión Garantizada Universal (PGU) a contar del 1 de julio de 2009.
  3. Madres que, sin estar afiliadas a un régimen previsional, reciben una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a contar del 1 de julio de 2009.

Según informa la Superintendencia de pensiones, "El 10% de 18 ingresos mínimos (monto vigente en julio de 2009 o en el mes de nacimiento del hijo) más la rentabilidad anual promedio del Fondo C (descontadas las comisiones de la AFP)".

Si bien este aporte no se paga desde el nacimiento del hijo, la fecha se toma como referencia para calcular cuál es el monto original más la rentabilidad.

Es decir, "una mujer de 65 años, considerando el ingreso mínimo de $165.000 vigente en julio de 2009 y la rentabilidad anual del Fondo C (4,51%), recibirá un bono de $422.687 por cada hijo".