En las elecciones obligatorias de este domingo 7 de mayo, la ciudadanía elegirá a los 50 integrantes que serán parte del Consejo Constitucional, órgano que será fundamental en el nuevo proceso constituyente que experimenta nuestro país.
No obstante, el número de miembros de esta entidad podría aumentar, si alguna de las candidaturas de pueblos originarios, pertenecientes a la circunscripción nacional indígena, salieran electas.
Cabe recordar que, en la actual Constitución, se establece que, para que consigan un escaño, el total de votos que obtengan los pueblos originarios debe representar un porcentaje igual o superior al 1,5% de la suma total de votos de las 16 circunscripciones no indígenas del país.
Sin embargo, las personas que sean parte de los pueblos originarios no necesariamente deben votar por aquellos candidatos. Revisa todo el detalle a continuación:
¿Por quiénes pueden votar los pueblos originarios?
Tal como aclararon desde el Gobierno, los electores identificados bajo la condición indígena tendrán dos opciones:
- Sufragar por las candidaturas de la circunscripción nacional de pueblos indígenas, o...
- Sufragar por los candidatos generales de su respectiva circunscripción senatorial.
Para ello, deberán solicitar solamente una de esas dos cédulas de votación en la mesa receptora de sufragios. Por ningún motivo podrán sufragar en ambas cédulas de votación.
Respecto a la cédula electoral de las candidaturas de pueblos indígenas, esta contendrá las dos candidaturas ordenadas alfabéticamente.
¿Quiénes son los candidatos indígenas?
Las dos candidaturas corresponden a Alihuen Antileo Navarrete y Julio Nelson Marileo Calfuqueo, ambas del pueblo mapuche.
Revisa sus perfiles en nuestra plataforma "Conoce tu candidato/a", haciendo clic a continuación:
ALIHUEN ANTILEO NAVARRETE | Mapuche |
JULIO NELSON MARILEO CALFUQUEO | Mapuche |