El próximo domingo 7 de mayo se cumplirá un nuevo hito en el actual proceso constituyente, pues se llevarán a cabo las elecciones del Consejo Constitucional, en las cuales la ciudadanía elegirá a los 50 integrantes que formarán parte del órgano.
Cabe mencionar que, tal como enfatizan desde el Servicio Electoral (Servel), estos comicios son de carácter obligatorio, por lo que cada persona que esté habilitada para votar y que tenga domicilio electoral en Chile deberá acudir a las urnas.
De lo contrario, las personas se arriesgan a diferentes tipos de multas, las cuales puedes revisar a continuación:
¿Qué multas hay por no votar en las elecciones constitucionales?
Según detalla el Servel, el elector que no sufragare será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales. Esto equivale a $31.537 y $189.222, respectivamente, según los valores de la UTM de mayo.
Cabe mencionar que no incurrirá en esta sanción el elector que haya dejado de cumplir su obligación por:
- Enfermedad
- Ausencia del país
- Encontrarse el día de la elección en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquel en que se encontrare registrado su domicilio electoral
- O por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica.