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Durante el conteo de votos de los comicios en estas elecciones a consejeros constitucionales, los mensajes, consignas y múltiples opciones marcadas que han dejado los votos anulados, no han pasado desapercibidos.
Cabe recordar que, las definiciones de voto nulo y voto en blanco se encuentran consignadas en en el artículo 77 de la Ley sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
Pero, ¿cuándo es voto nulo? Según la normativa determina que "serán nulas y no se escrutarán las cédulas en que aparezca marcada más de una preferencia, contengan o no en forma adicional leyendas, otras marcas o señas gráficas".
Por ello, el presidente del Servel, Andrés Tagle, aclaró que "el voto nulo no se considera para nada, lo mismo que el voto en blanco. No tiene ningún efecto en términos de los cargos que se están eligiendo".
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