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Candidatos constituyentes: ¿puedo votar con la cédula de identidad vencida?

Las elecciones de este domingo son obligatorias, por lo que es importante que nuestros documentos cumplan con los requisitos mínimos para sufragar. ¿Se puede votar con el carnet vencido? Revisa los detalles en esta nota.

24horas.cl

Foto de un carnet de identidad vencido.

Martes 2 de mayo de 2023

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Este domingo 7 de mayo serán las elecciones del Consejo Constitucional, en donde la ciudadanía deberá votar por las 50 personas que conformarán el órgano que será clave en el proceso constituyente.

Lo importante es que estos comicios son obligatorios, por lo que cada persona habilitada para sufragar y con domicilio electoral en Chile debe acudir a las urnas. Para aquello, uno de los requisitos es llevar la cédula de identidad (carnet) o pasaporte, con los cuales se nos permitirá registrar nuestro voto.

No obstante, hay quienes cuentas con sus documentos vencidos. ¿Qué sucede en estos casos? Te contamos todo a continuación:

¿Puedo votar con mi cédula vencida?

Según informó recientemente el Servel, en estas votaciones se aceptarán las cédulas de identidad o pasaportes vencidos a contar del 1 de enero de 2020. Esta vigencia también se extenderá para el plebiscito constitucional de diciembre.

Esta medida permitirá que los electores/as que no han podido renovar sus documentos puedan acudir a las urnas sin ningún problema.

Si cambié mi sexo registral o nombre, ¿qué ocurre?

El Servel señala que todos los cambios realizados antes del 27 de enero, fecha en que se cerró el Registro Electoral, se verán reflejados en el padrón de cada mesa de sufragio.

Detallan que en cada local de votación habrá un experto de identificación del Registro Civil para verificar la identidad del elector, en los casos de que la apariencia física de una persona no coincida con la de la imagen de su documento de identidad, o si el nombre de su cédula es diferente al que figura en el padrón de mesa.

¿Qué ocurrirá si perdí mi carnet el día antes de las elecciones?

De acuerdo con el Servel, en esa situación el elector podrá ocupar su pasaporte. En caso de no tenerlo, no podrá sufragar.

Es importante que la persona deje constancia de la pérdida en Carabineros o en el sitio web del Registro Civil, para que sirva como justificación para cuando sea citado por el Juzgado de Policia Local por no haber votado.

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