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Restricción vehicular 2025: ¿Cuándo comenzaría a regir la medida?

Además, te contamos cuáles son las multas a las que se podrían arriesgar quienes no cumplan con el calendario de la restricción.

Gloria Tapia Leiva

Miércoles 12 de marzo de 2025

La restricción vehicular es una medida que se implementa cada año en ciertos sectores de la región Metropolitana para limitar la circulación de algunos vehículos y de esta manera reducir los niveles de contaminación en la capital. 

Esta iniciativa se enmarca en el Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC) del Ministerio de Medio Ambiente y propone un calendario para el tránsito de vehículos de acuerdo al último número de su patente y su año de inscripción. 

Para este 2025, la medida comenzaría a regir a partir del viernes 2 de mayo (debido a que el 1 de mayo es feriado por el Día del Trabajador), y se extendería hasta el 31 de agosto.

Al igual que como ocurrió el año pasado, se espera que la restricción opere de lunes a viernes, salvo festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas.

Agencia Uno

Restricción vehicular: ¿A quién está dirigida la medida?

A pesar de que aún las autoridades no han confirmado quiénes se verán afectados por la restricción este año, eventualmente serían los mismos vehículos que tuvieron que regirse bajo esta medida el 2024. 

Si este fuera el escenario, "la medida establece que en el caso de los vehículos catalíticos con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre de 2011, se aplicará restricción vehicular de dos dígitos diarios en la provincia de Santiago y en las comunas de Puente Alto y San Bernardo. Lo mismo para las motos inscritas antes de 2010". 

"Adicionalmente, estarán sujetos a restricción los vehículos sin sello verde y motocicletas de años anteriores a 2002; buses de transporte privado, buses interurbanos y rurales sin sello verde; y vehículos de transporte de carga sin sello verde", según consignó el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT).

Aton

Restricción vehicular 2025: las multas por no acatar la medida

Quienes sean sorprendidos circulando por los sectores señalandos los días que no le corresponden, podrían arriesgarse a una multa que puede ir entre 1 y 1,5 UTM, lo que equivale a $68.000 y $102.000. Eso sí, el valor puede variar según lo estimen los Juzgados de Policía Local. 

Cabe mencionar que la medida será controlada en las calles por parte de funcionarios de Carabineros, por inspectores municipales y también por inspectores del Programa de Fiscalización del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT).