Según lo indica la ley sobre votaciones populares y escrutinios, "el día de la elección o plebiscito, entre las cinco horas de la mañana y dos horas después del cierre de la votación, los establecimientos comerciales no podrán expender bebidas alcohólicas para su consumo en el local o fuera de él”.
Bajo este panorama, el Servicio Electoral (Servel) informó que la norma comenzará a regir a partir de las 5 horas del domingo 21 de noviembre y se extenderá hasta las 20:00 horas, después del cierre de las votaciones.
Por lo tanto, durante ese periodo de tiempo los establecimientos que expendan bebidas alcohólicas deberán permanecer cerrados y no vender alcohol.
Los locales que no cumplan con la medida arriesgan multas económicas, así como también para quienes vayan a votar en estado de ebriedad.
Hay que considerar, además, las restricciones propias de las pandemia que afectan a muchas de las comunas a nivel nacional, con confinamiento durante los fines de semana.