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Teletrabajo en vacaciones de invierno escolar: ¿quiénes pueden y cómo optar al beneficio?

La Dirección del Trabajo emitió un dictamen para que los padres puedan hacer teletrabajo, en acuerdo con su empleador, en el marco del adelanto y extensión de las vacaciones de invierno escolar. Conoce cómo optar al beneficio, quiénes podrían hacerlo y cuánto puede durar.

24horas.cl

Miércoles 15 de junio de 2022

La Dirección del Trabajo (DT) emitió un dictamen que establece que, ante la anticipación y extensión de las vacaciones de invierno, así como de la vigencia de una alerta sanitaria, corresponde la aplicación de la norma que permite el teletrabajo para el cuidado de niños y de personas con discapacidad.

A continuación respondemos las principales preguntas sobre este tema:

¿Qué dice la norma para trabajar desde casa?

Esa norma establece que ante una declaración de Estado de Excepción de catástrofe por calamidad pública o de una alerta sanitaria por epidemia o pandemia, los empleadores deberán ofrecer la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo a los trabajadores que tengan a su cargo el cuidado de niños en edad preescolar, de niños de hasta 12 años y de personas con discapacidad.

¿Por qué el dictamen se emite ahora?

Como antecedente para emitir este dictamen la DT esgrime, principalmente, la decisión de los ministros de Educación y Salud de adelantar y extender las vacaciones de invierno de colegios públicos y privados ante el alza de la circulación de virus respiratorios que afecta mayormente a niños menores de 4 años. A eso le suman el alza de hospitalizaciones por COVID-19.

Además, el Ministerio de Salud extendió hasta septiembre próximo la vigencia de la alerta sanitaria debido a la pandemia generada por el virus Sars COV-2 y la enfermedad que provoca, COVID-19.

¿Para quiénes aplica el beneficio?

En este caso la ley dice explica los siguientes casos en que se puede optar al teletrabajo:

"Al trabajador que tenga el cuidado personal de al menos un niño o niña en etapa preescolar. Si ambos padres son trabajadores y tienen el cuidado personal de un niño o niña, cualquiera de ellos, a elección de la madre, podrá hacer uso de esta prerrogativa".

En un segundo punto explican:

"Al trabajador que tenga el cuidado personal de al menos un niño o niña menor de doce años, que se vea afectado por dichas circunstancias y la autoridad adoptare medidas que impliquen el cierre de establecimientos de educación básica o impidan la asistencia a los mismos."

Finalmente:

Trabajadores que tengan a su cuidado personas con alguna discapacidad.

¿Cómo se puede solicitar teletrabajo?

De acuerdo a lo que menciona la ley, se podrá hacer presentando al empleador una declaración jurada en la que se estipule que el cuidado de sus hijos "lo ejercen sin ayuda o concurrencia de otra persona adulta".

En el caso que la solicitud sea para el cuidado de una persona con discapacidad, "tal circunstancia deberá ser acreditada a través del respectivo certificado de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad (...) al que deberá acompañarse además la correspondiente copia del certificado, credencial o inscripción de discapacidad en el referido registro, emitido por la autoridad competente"

Solo uno de los padres podría perdir trabajar desde casa.

¿Por cuánto tiempo podré teletrabajar?

De acuerdo a lo dictaminado en la norma "esta modalidad de trabajo se mantendrá vigente durante el período de tiempo en que se mantengan las circunstancias descritas anteriormente, salvo acuerdo de las partes"

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