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Nueva Ley de Tránsito: las multas y gastos asociados en caso de que te quiten el vehículo

La norma puntualiza que, desde el 10 de noviembre, los conductores deberán cumplir con mayores requisitos a la hora de circular.

24horas.cl

Miércoles 8 de noviembre de 2023

Atención porque desde este viernes 10 de noviembre ya entrará en vigencia  nueva Ley de Tránsito (Ley 21.601).

La nueva norma tiene como objetivo reforzar la seguridad vial y evitar el robo y la venta de vehículos sustraídos y significará que los conductores deberán cumplir con mayores requisitos a la hora de circular para evitar multas más severas, sanciones o incluso penas privativas de libertad. 

¿Por qué motivos podrían quitar el vehículo?

  • No tengan revisión técnica al día o no cuenten con el certificado de homologación individual
  • No cuenten con el certificado vigente del seguro obligatorio de accidentes personales
  • No cuenten con el permiso de circulación vigente
  • Circulen con placa patente oculta o en mal estado
  • Tengan el VIN o número de chasis adulterado o borrado

¿Qué costo tienen las nuevas multas?

Según explicó el mayor Rodrigo Melo, de la 32° comisaría del Tránsito, además de entregar el vehículo, "el conductor tiene que asumir el gasto del traslado de la grúa y los días que estará el vehículo en el apartadero", comentó.

También aumenta de 5 a 75 UTM, el rango de multa aplicable al adquirente de un vehículo que no solicite la inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados (RNVM), dentro de los 30 días siguientes a la fecha de su adquisición, o que indique domicilio falso o inexistente.

En cuanto a la prohibición de la venta y carga al público de combustible a los vehículos motorizados que no cuenten con su placa patente delantera o trasera, será castigada con multa de 10 a 100 unidades tributarias mensuales y se aplicará al concesionario o dueño de la estación de servicio.

Adicionalmente, según explica la ley, sanciona con presidio menor en su grado medio a máximo (541 días a 3 años) y, en su caso, con la suspensión de la licencia de conductor o inhabilidad para obtenerla, hasta por 5 años, y multa de 50 a 100 unidades tributarias mensuales, a quien:

  • Conduzca, a sabiendas, un vehículo con placa patente falsa, alterada o que corresponda a otro vehículo, cuando ésta sea exigible.
  • Adquiera o solicite para sí o para otra persona la inscripción de un vehículo a sabiendas que el número de chasis o número de identificación del vehículo (VIN) esté adulterado o borrado, sea falso o no corresponda al declarado en el documento o que corresponda al de otro vehículo y por conducirlo conociendo dichas circunstancias.

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