Este 26 y 27 de octubre se desarrollaron las elecciones 2024, jornada en la que las personas votaron por cuatro cargos, entre ellos, los gobernadores regionales que representarán a cada territorio el próximo periodo.
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En la instancia, los votantes también debían elegir a los próximos alcaldes, concejales y consejeros regionales (o CORE). En el caso de los gobernadores y CORE, estos asumirán en sus labores el próximo 6 de enero de 2025.
Conoce el listado completo de gobernadores regionales que fueron electos en estas elecciones 2024, y que no deberán enfrentarse a una segunda vuelta, a continuación.
Elecciones 2024: TODOS los gobernadores regionales electos
- Tarapacá: José Miguel Carvajal (independiente)
- Ñuble: Óscar Crisóstomo (PS)
- Los Ríos: Luis Cuvertino (PS)
- Aysén: Marcelo Santana (UDI)
- Magallanes: Jorge Flies (independiente)
¿Qué regiones tendrán segunda vuelta de gobernadores?
- Arica y Parinacota
- Antofagasta
- Atacama
- Coquimbo
- Valparaíso
- Metropolitana
- O'Higgins
- Maule
- Biobío
- La Araucanía
- Los Lagos
Elecciones 2024: ¿cuándo será la segunda vuelta de gobernadores regionales?
La ley estipula que un candidato o candidata, para ser electo en primera vuelta, debe obtener al menos el 40% de los votos válidos. Si no ocurre eso, sí o sí habrá segunda vuelta.
Dichos comicios serán el domingo 24 de noviembre, que también contarán con voto obligatorio.
¿Qué hace un gobernador regional?
En cada región del país existe un gobierno regional, constituido por el gobernador regional a la cabeza y el Consejo Regional (CORE).
El gobernador entonces es el poder ejecutivo de la región, y tiene la labor de coordinarse con otros órganos y servicios públicos, así como también debe fiscalizar los servicios públicos que dependen o se relacionan con el gobierno regional.
Funciones del gobernador regional:
- Formular políticas de desarrollo de la región, considerando las políticas y planes comunales respectivos.
- Someter al Consejo Regional las políticas, estrategias y proyectos de planes regionales de desarrollo y sus modificaciones.
- Someter al Consejo Regional el proyecto de presupuesto del respectivo gobierno regional.
- Representar judicial y extrajudicialmente al Gobierno Regional, pudiendo ejecutar los actos y celebrar los contratos de su competencia o los que le encomiende el consejo.
- Nombrar y remover a los funcionarios que la ley determine como de su confianza.
- Velar por el cumplimiento de las normas sobre probidad administrativa.
- Coordinar, supervigilar o fiscalizar, según corresponda, a los servicios públicos que dependan o se relacionen con el Gobierno Regional respectivo.
- Promulgar, previo acuerdo del Consejo Regional, el plan regional de ordenamiento territorial, los planes reguladores metropolitanos e intercomunales, comunales y seccionales y los planos de detalle de planes reguladores intercomunales.
- Presidir el Consejo Regional.