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Fondos previsionales: revisa cómo cobrar herencia en las AFP

Revisa el paso a paso de cómo realizar el trámite que en los últimos tres años ha beneficiado a 40 mil familias, según la Asociación de AFP.

24horas.cl

Imagen referencial de una persona contando billetes chilenos

Miércoles 17 de agosto de 2022

Muchas dudas existen respecto a los distintos procesos para heredar los fondos de las AFP de un familiar fallecido, es por ello que aquí te explicamos todos los pasos que necesitas para poder cobrarla.

De acuerdo con la Asociación de AFP, son más de 40 mil las familias que recibieron herencias de fondos previsionales en tres años, montos los cuales van al alza en el mismo periodo de tiempo.

Solo en los primeros meses de 2022 sepagaron 98 millones de dólares, lo que equivale a 17,6 millones de pesos, en promedio, por familia.

Cabe señalar que de acuerdo con la normativa vigente bajo el Decreto de Ley 3.500 que mantiene la Superintendenencia de Pensiones, los fondos que constituyen herencia son:

  • Dineros acumulados en la cuenta de capitalización individual
  • Depósitos convenidos
  • Alternativas de Ahorro Previsional Voluntario individual o colectivo

No obstante a ello, es preciso indicar que estos pueden ser heredados si el fallecido no cuenta con beneficiarios de pensión de sobrevivencia.

ENTONCES, ¿QUIÉNES PUEDEN HEREDAR?

Quien explica esto en palabras más simples es el el asesor previsional de Más Pensión, Luis Fernando Correa, quién en diálogo con LUN dijo que "se puede heredar todo lo que se ha cotizado cuando no hay herederos de sobrevivencia".

Asimismo, manifestó que, "en ese caso, es el 50% para el cónyuge con hijos comunes y 60% si no hay hijos en común, 60% para el conviviente civil sin hijos en común o 50% si existen hijos en común".

¿CUÁNTO TIEMPO TENGO PARA COBRARLA?

Correa también anticipó que no existe límites de años para cobrar esta herencia y que "se puede solicitar en cualquier momento".

También sostuvo que "hay miles de millones de pesos que las personas no han cobrado por herencias. Las AFP no pueden hacer uso de ese dinero que pertenece a los herederos".

¿SE PAGA COMO UNA PENSIÓN?

Respecto a la modalidad de pago, el asesor previsional también remarcó que "se entrega el monto completo cuando (los herederos) son mayores de 24 años, no como pensión".

"Cuando hay más de 5 UTA (Unidad Tributaria Anual) las AFP entregan el dinero a los herederos dependiendo del dictamen judicial. Si hay varios herederos deben designar a alguien que reciba el monto, ya que la AFP no realiza la partición", complementó.

*Consignar que una UTA equivale a $705.264 a agosto de 2022, por lo que 5 UTA corresponderían a $3.526.320*

PASO A PASO PARA COBRAR UNA HERENCIA DE FONDO PREVISIONAL

A continuación te entregamos el paso a paso para cobrar una herencia desde un fondo previsional.

1.- VERIFICAR SI HAY HERENCIA

Antes de siquiera poder cobrar algo, primero debemos verificar si existe una herencia que podamos solicitar. Para ello deberemos ingresar al sitio web de la Superintendencia de Pensiones con el RUT del afiliado fallecido y algunos datos personales solicitados.

Una vez allí deberá ingresar hasta la sección "CONSULTA SOBRE SALDO EN CUENTA DE AFP DE AFILIADOS FALLECIDOS".

Una vez ingresados los datos, la plataforma entregará el monto disponible a cobrar. 

2.- SOLICITUD DE HERENCIA

Para realizar la solicitud de herencia, se deberá acudir a la sucursal de la AFP en la que el afiliado fallecido se encontraba.

Es importante consignar que esto se podrá realizar dependiendo del vínculo o parentezco del solicitante con el fallecido, según consignó la Asociación de AFP a través del portal Previsión para todos.

LOS PADRES DEBEN PRESENTAR 

  • Certificado de Defunción del afiliado
  • Certificado de Nacimiento del afi​liado con el nombre de los padres
  • Certificado de Matrimonio de los Padres del afiliado, si están casados, o de lo contrario se debe clarificar el estado civil de la madre del afiliado
  • Declaración jurada notarial en la que se indique la calidad de soltero y sin hijos del afiliado
  • Declaración Jurada en la cual se aclara si los padres eran o no cargas familiares de su hijo (si eran carga familiar deben presentar solicitud de Sobrevivencia)
  • Poder para Cobrar y Percibir dado a uno de los herederos (debe ser para AFP Capital)
  • Declaración Jurada Notarial de la no existencia de más herederos.

LOS HIJOS DEBEN PRESENTAR:

  • Certificado de Defunción del Afiliado
  • Certificado de Nacimiento de los hijos con el nombre de los padres
  • Certificado de Defunción de los padres
  • Certificado de Defunción del cónyuge o certificado de matrimonio con la anulación, o la declaración notarial de soltería del afiliado
  • Poder para Cobrar y Percibir dado a uno de los herederos
  • En Caso de Ley 16.744 Resolución de Pensión
  • Declaración Jurada Notarial de la no existencia de beneficiarios, hijos inválidos.
  • ​Si existen hijas, se debe acreditar el estado civil notarial con dos testigos. Si están casadas se requiere el certificado de matrimonio y si lo están bajo el sistema de sociedad conyugal, poder del cónyuge

EL O LA CÓNYUGE DEBEN PRESENTAR:

  • Certificado de Defunción del afiliado
  • ​Certificado de Nacimiento del afiliado con el nombre de los padres
  • Certificado de Matrimonio del afiliado emitido con fecha posterior a la defunción del afiliado
  • Declaración jurada Notarial en la cual conste la no existencia de hijos del afiliado, menores de 24 años
  • ​En Caso de Ley 16.744 Resolución de Pensión
  • ​​Declaración Jurada Notarial de la no existencia de más herederos

LOS HERMANOS DEBEN PRESENTAR:

  • Certificado de Defunción del Afiliado
  • ​Certificado de Nacimiento del afiliado con el nombre de los padres
  • Certificado de defunción de los pa​dres del afiliado
  • ​Certificado de nacimiento de los hermanos, con nombre de los padres
  • ​Declaración jurada Notarial en la cual conste la no existencia de hijos
  • Declaración Jurada Notarial de la no existencia de más herederos
  • ​Poder para cobrar y percibir
  • ​​Si existen hermanas se debe clarificar el estado civil notarial con dos testigos, o de lo contrario adjuntar el certificado de matrimonio y si están casadas en sociedad conyugal poder del cónyuge

3.-RETIRAR CERTIFICADO DE SALDO

Una vez entregados los documentos solicitados dependiendo el parentezco del solicitante con el afiliado fallecido, la AFP deberá generar un certificado del saldo disponible que tenía el afiliado.

Es importante indicar que este documento estará disponible 10 días hábiles para que el solicitante lo retire. 

4.- TRÁMITE DE LA POSESIÓN EFECTIVA

Una vez con el certificado de saldo en su poder, el solicitante deberá tramitar la Posesión Efectiva con un abogado.

Este trámite consiste en validar si a la persona que realiza este procedimiento le corresponde herencia legalmente.

En el caso de que sí tenga derecho a herencia, deberá tener el certificado de Impuesto de Herencia en el Servicio de Impuestos Internos (SII), el cual deberá presentar en una sucursal de AFP para recibir el pago.

5.- SUSCRIPCIÓN DEL PAGO

Una vez realizada oda la tramitación anteriormente indicada, deberá entregarlos a una sucursald de la AFP que deberá validarlos y suscribir el pago de la herencia.

Desde aquí en adelante, la administradora tiene un plazo de 10 días hábiles para solicitar algún antecedente que falte o emitir el documento de pago en la sucursal que gestionó la solicitud.