Las preguntas como clientes de un servicio van desde ¿estamos obligados a entregar propina? , ¿quién nos puede solicitar que la entreguemos?.
Dichas preguntas están abiertas en tiempos en que la propina, se hace particularmente necesaria para muchos trabajadores.
Pero, ¿qué rubro puede pedirla? El Ministerio del Trabajo y Previsión Social recordó cuáles son los únicos rubros que pueden solicitar propinas por sus servicios.
REVISA LOS RUBROS QUE SÍ PUEDEN PEDIR PROPINA
De acuerdo con el Artículo 64 del Código del Trabajo, los servicios que podrán pedir propina serán todos aquellos establecimientos que atiendan público a través de garzones, tales como:
- Restaurantes
- Pubs
- Bares
- Cafeterías
- Discotecas
- Fondas
Se indica que "el empleador deberá deberá sugerir, en cada cuenta de consumo, el monto correspondiente a una propina de a lo menos el 10% del mismo, la que deberá pagarse por el cliente, salvo que éste manifieste su voluntad en contrario”.
Cabe mencionar que está establecido que el empleador no podrá disponer de las propinas, y que estas deberán ser entregada íntegramente a los trabajadores, sin poder realizar descuentos de ninguna materia sobre las mismas.