Con el objetivo de garantizar la participación de todos los ciudadanos en la toma de decisiones de la sociedad, la democracia perdura en diferentes países del globo.
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Este sistema de gobierno tiene, o se basa, en una Constitución, pero también diversas aristas que dependen de cada territorio o que, históricamente, han existido y evolucionado. En Chile, por ejemplo, la democracia se ve representada en elecciones y mecanismos institucionales.
¿Qué es la Democracia?
De acuerdo la Real Académica Española (RAE), la democracia corresponde a un "sistema político en el cual la soberanía reside en el pueblo, que la ejerce directamente o por medio de representantes".
Este sistema tiene principios en la participación ciudadana, igualdad ante la ley, protección de los derechos humanos, libertad de expresión y derecho a voto. Actualmente, la democracia es reconocida y asumida por gran parte de las naciones que conforman el planeta.
Democracia: ¿qué intrumentos la reconocen?
Según la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, el concepto y la práctica de la Democracia está reconocida a nivel internacional en los siguientes pactos y declaraciones:
- Declaración Universal de los Derechos Humanos (Artículo 1):
"La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas (...) por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto"
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Artículo 25):
Todos los ciudadanos gozarán (...) de los siguientes derechos y oportunidades: participar en la dirección de los asuntos públicos (...) Votar y ser elegidos en elecciones periódicas (...) Tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país"
- Declaración Americana de los Derechos y Deberes del hombre (Artículos XX, XXIV, XXXII y XXXIV):
"Toda persona, legal- mente capacitada, tiene el derecho de tomar parte en el gobierno de su país, directamente o por medio de sus representantes, y de participar en las elecciones populares, que serán de voto secreto, genuinas, periódicas y libres"
- Convención Americana sobre Derechos Humanos (Artículo 23):
"Todos los ciudadanos gozarán (...) de los siguientes derechos y oportunidades: participar en la dirección de los asuntos públicos (...) Votar y ser elegidos en elecciones periódicas (...) Tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país"
- Convención sobre la Eliminación de Toda Forma de Descriminación contra la Mujer (Artículo 7 y 14):
"Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a: Votar en todas las elecciones"
- Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial (Artículo 5):
"Eliminar la discriminación racial en todas sus formas y a garantizar el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley, sin distinción de raza, color y origen nacional o étnico, particularmente en el goce de los derechos siguientes: en particular el de tomar parte en elecciones, elegir y ser elegido"
- Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (Artículo 42):
"Los Estados de empleo facilitarán, de conformidad con su legislación nacional, la consulta o la participación de los trabajadores migratorios y sus familiares en las decisiones relativas a la vida y la administración de las comunidades locales"