Click acá para ir directamente al contenido

Los beneficios que pueden recibir los adultos mayores durante julio

Son diferentes los bonos y subsidios que se otorgan a las personas de la tercera edad en el séptimo mes del año.

24horas.cl

Domingo 7 de julio de 2024

Julio podría convertirse en uno de los meses más duros para los bolsillos de los chilenos, debido a las bajas temperaturas y también por el anuncio del Gobierno sobre las alzas en las cuentas de la electricidad

Las personas más afectadas por estos dos factores son los adultos mayores, razón por la que existen diversos beneficios estatales a los que pueden acceder, que contribuyen con su presupuesto mensual

Precisamente, durante este mes son diversos los bonos otorgados por el Estado a los que pueden optar los adultos mayores, cada uno con diferentes condiciones y plazos de pago.

A continuación te indicamos cuáles son estos beneficios y sus procesos de postulación. 

Bono de Reconocimiento 

Este beneficio está orientado a las personas que se hayan cambiado desde el antiguo sistema de pensiones a la actual AFP. "Este bono se agrega a la Cuenta de Capitalización Individual para, de esta forma, sumar ese monto a los ahorros acumulados cuando en la pensión, ya sea por vejez o invalidez, o cuando fallezca", destacan desde el Instituto de Previsión Social (IPS). 

Para obtenerlo, las personas deben suscribir una Solicitud de Cálculo y Emisión de Bono de Reconocimiento en la AFP, y contar con al menos 12 cotizaciones mensuales en alguna de las ex Cajas de Previsión entre el 1 de noviembre de 1975 y el 31 de octubre de 1980. En caso de no cumplir con lo anterior, se debe registrar al menos una cotización en alguna ex Caja de Previsión entre el 1 de julio de 1979 y el mes anterior a la fecha de afiliación en AFP. 

Pensión Garantizada Universal (PGU)

Al igual que los meses anteriores, en julio se realizarán los pagos de la Pensión Garantizada Universal (PGU), cuyo valor es $214.296, destinados para aquellas personas mayores de 65 años con residencia acreditada en el territorio chileno, que tengan una pensión base menor o igual a $729.764 mensuales, y cuyo grupo familiar no integre el 10% más rico de la población, lo que se debe acreditar a través del Puntaje de Focalización Previsional. 

La postulación a este beneficio se puede realizar desde los 64 años y 9 meses, para poder recibir el monto indicado una vez cumplidos los 65 años. La solicitud se puede hacer a través del sitio web de ChileAtiende, ingresando el RUN y fecha de nacimiento, también llamando al call center 101 o de forma presencial en alguna de las sucursales del organismo. En caso de querer conocer si se tienen montos adeudados correspondientes a la PGU, se puede hacer a través de la Consulta de pensión o beneficios sin cobrar. 

Bono por hijo

Este beneficio está orientado a las mujeres mayores de 65 años, y busca incrementar el monto de su pensión a través "de una bonificación por cada hija o hijo que haya nacido vivo o que haya sido adoptado, es decir, no se paga al momento del nacimiento, sino que junto a su pensión". 

De acuerdo a lo indicado por el Instituto de Previsión Social, este bono "comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento de tu hijo y/o hija, el que equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales (para quienes trabajen, y tengan entre 18 y 65 años)". Para calcularlo se deben seguir los siguientes pasos: 

  • Si tu hijo o hija nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009, es decir, $165 mil
  • Si nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto vigente durante el mes de nacimiento

Bono Bodas de Oro 

Los beneficiarios de este bono son aquellas parejas que demuestren 50 años de matrimonio, y que sean parte del 80% del Registro Social de Hogares. Desde el 01 de octubre de 2023, su valor corresponde a $425.360, el cual se entrega una sola vez en partes iguales, es decir, $212.680 para cada cónyuge vivo y debe ser solicitado por ambos. 

Para poder hacer efectivo este beneficio, el matrimonio debe haber cumplido su aniversario número 50, y desde esa fecha cuentan con un año para poder cobrarlo.

De forma excepcional, y producto de la pandemia, las parejas que hayan cumplido su aniversario entre el 8 de febrero de 2019 y 31 de agosto del 2023, podrán solicitarlo hasta el próximo 2 de septiembre.