La Corte Suprema condenó a cuatro militares en retiro por su responsabilidad en los delitos consumados de homicidio calificado de Gregorio José Liendo Vera, Rudemir Saavedra Bahamondez, Víctor Eugenio Rudolph Reyes, Víctor Segundo Valeriano Saavedra Muñoz, Santiago Segundo García Morales, Luis Mario Valenzuela Ferrada, Sergio Jaime Bravo Aguilera, Luis Hernán Pezo Jara, Víctor Fernando Krauss Iturra, Pedro Purísimo Barría Ordóñez, Enrique del Carmen Guzmán Soto y José René Barrientos Warner. Ilícitos perpetrados en octubre de 1973, en la ciudad de Valdivia, en el caso denominado: Caravana de la Muerte.
En un fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrado por los ministros Haroldo Brito, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, la ministra María Teresa Letelier y el abogado (i) Ricardo Abuauad– revocó la sentencia impugnada y condenó a Santiago Arturo Ariel de Jesús Sinclair Oyaneder a la pena de cumplimiento efectivo 18 años de presidio, en calidad de autor de los delitos. En tanto, condenó al acusado Juan Viterbo Chiminelli Fullerton a que deberá purgar 18 años de reclusión como coautor.
En el caso del acusado Pedro Octavio Espinoza Bravo deberá cumplir 10 años de presidio como autor; y Emilio Robert de la Mahotiere González, 5 años y un día de presidio como cómplice.
El máximo tribunal estableció error de derecho en la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago, al acoger en la especie la media prescripción.