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Los obligaba a comer vómito: cárcel para profesora por maltrató a niños en Panguipulli

Carola Mandujano Pino fue condenada a 541 días de presidio por humillar, denostar e incluso impedir a los alumnos que cambiaran su ropa al orinarse.

24horas.cl

Miércoles 24 de julio de 2024

A 541 días de cárcel fue condenada Carola Andrea Mandujano Pino, profesora sentenciada por maltratar e incluso obligar a que sus alumnos, de entre 4 y 5 años, comieran su propio vómito al interior de una Escuela de Lenguaje en la comuma de Panguipulli, región de Los Ríos. 

La mujer fue considerada culpable del delito consumado y reiterado de trato degradante de preescolares, cometido desde 2017 y hasta mayo de 2022, en la localidad de Coñaripe. 

Acorde con los antecedentes expuestos por el Ministerio Público ante el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia, Mandujano Pino utilizó "términos despectivos en el aula, tratándolos en general de ‘pajarones’, ‘tontones’, ‘cochinos’, ‘chanchos’, ‘huevones’, ‘cara de poto’, ‘cara de mono’, ‘cabezas de pájaro’ y ‘cabezas de pollo’".

"Les gritaba constantemente, se sentaba de forma intimidante frente a algunas víctimas para que se coman su comida y en caso contrario los obligaba a que comieran la comida mientras los niños mantenían la boca llena de comida hasta vomitar, debiendo algunos incluso comer su propio vómito", continúa el fallo. 

Asimismo, la mujer "los expulsaba de la sala de clases si se orinaban sin asistirlos o cambiarlos de ropa, los expulsaba de la sala de clases cuando estaban desordenados, como forma de castigo, incitaba a los alumnos a burlarse de las víctimas, cuando lloraban diciéndoles ‘guagüita’ o cuando hacían mal una tarea, frente a demás alumnos".

"Todo lo cual provocó un gran temor e intimidación en las víctimas, quienes resultaron afectadas psicológica y/o emocionalmente producto del trato degradante que ejercía la acusada en perjuicio de ellas, generándoles cambios de ánimo, rechazo a estudiar e ir a clases, presentando cuadros de estrés psicológico y/o emocional, entre otros efectos", consigna el fallo.