Esta tarde Gendarmería de Chile se refirió al recurso presentado por la familia de un niño de 13 años que fue violado y asesinado por un sujeto en el año 2000, en Parral, luego que accediera a permisos de salida, explicando que sólo debieron cumplir con lo instruido por la justicia, tras dictámenes de la Corte de Apelaciones y Corte Suprema.
Según el comunicado enviado por la institución, "en el año 2017, el Consejo Técnico aprobó su postulación y fue ingresado al Centro de Educación y Trabajo de Talca, establecimiento de régimen semi abierto, en que ha tenido una buena conducta, sin infracciones ni incumplimientos de sus obligaciones, por lo que fue accediendo progresivamente a beneficios intrapenitenciarios, (inicialmente, salida dominical y en la actualidad, salida de fin de semana) según se establece en el reglamento penitenciario para el régimen de este tipo de establecimientos".
Agregando que "En el primer semestre del año 2020 -conforme a la normativa vigente en ese momento- fue por primera vez, postulado por Gendarmería a la Libertad Condicional, postulación que fue rechazada por la Comisión de Libertad Condicional. Ante esta decisión, la defensa del condenado presentó un Recurso de Amparo, el que fue rechazado, tanto por la Iltma. Corte de Apelaciones de Talca, como por la Excma. Corte Suprema".
"Conocido lo resuelto por ambas Cortes, la Dirección Regional de Gendarmería del Maule, a instancias de la Dirección Nacional del Servicio, dispuso reevaluar tanto la permanencia del condenado en el CET, como la conveniencia de que siguiera accediendo a permisos de salida. Como consecuencia de lo anterior, en el mes de junio de 2020, la autoridad regional estimó revisar los criterios atendida la naturaleza de los delitos, por lo que mediante la Resolución Exenta No 1528 de fecha 12 de Junio de 2020, la administración dispuso su retorno a la cárcel de Talca y la suspensión de los permisos de salida", indica el texto.
Finalmente, explicaron que "Contra esta decisión, la defensa del condenado interpuso un nuevo Recurso de Amparo, señalando que la medida de Gendarmería era ilegal y arbitraria. Este recurso fue acogido por la Corte de Apelaciones de Talca y ratificado por la Corte Suprema, ordenando la restitución del amparado a su situación previa a la interposición del recurso, por lo que debió ser reingresado al CET de Talca y se le debieron ser restituidos sus permisos de salida por parte de Gendarmería de Chile, en estricto cumplimiento a lo instruido por los tribunales de justicia".
LA FAMILIA DEL MENOR: "ES INACEPTABLE Y GRAVE"
Alejandro Espinoza, abogado de la familia, sostuvo que el recurso en contra de Gendarmería busca "agotar las vías judiciales y administrativas para que esto no siga ocurriendo", aludiendo al beneficio dado a Héctor Riveros Retamal, quien cumple penas de presidio perpetuo y de 15 años y un día en el Centro de Estudio y Trabajo semiabierto de Talca.
"Incluso, si fuese necesario tomaremos acciones penales si constatamos que los permisos a favor de Riveros Retamal son irregulares", añadió.
Espinoza destacó que el jefe del centro penitenciario hizo "caso omiso" a los rasgos "psicopáticos, peligrosidad y alto risgo de reincidencia" del condenado.
"Es inaceptable y grave que, incluso con ley vigente y recientemente modificada, un criminal de estas características esté transitando libre por la calle, a pesar de que sus informes son desfavorables y que la Libertad Condicional le fue denegada", complementó.
Consignar que la familia del niño denunció la llegada del sujeto a la misma ciudad donde cometió el crimen y donde vive la familia de la víctima, situación que "afecta gravemente la integridad psíquica y amenaza la integridad física de la madre del niño asesinado y asimismo amenaza la seguridad de toda la sociedad".