Los integrantes de la Comisión Experta presentaron este jueves las propuestas de norma que permitirán darle contenido al articulado de los capítulos del textos constitucional que se trabaja como anteproyecto sobre el que luego trabajará el Consejo Constitucional.
Los comisionados y comisionadas tenían hasta las 23:59 de este jueves 30 de marzo para la presentación de los documentos por capítulo de lo que ya se bosquejó previamente, el índice del documento final de la Comisión Experta o la llamada estructura constitucional.
De esa manera, se marca un nuevo hito en este segundo proceso constitucional. Ahora, comenzará el proceso de debate y votación de las propuestas, el que comenzará el próximo lunes 3 de abril. Las propuestas tendrán que ser aprobadas por el pleno.
2.- Fundamentos del orden constitucional
La iniciativa de norma bajo el nombre de "Derechos fundamentales, garantías y deberes constitucionales" detalla que hubo consenso en "incluir el derecho a la vida, a la integridad personal, a la igualdad ante la ley y a la libertad personal y seguridad individual. Junto con lo anterior, hay acuerdo en consagrar el derecho a la honra, a la privacidad y a la protección de datos personales. Respecto a la libertad personal, si bien no hay duda en su consagración, la pérdida de los derechos previsionales como sanción amerita un debate más amplio en la subcomisión".
"También hemos considerado indispensable incluir la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, dejando para una discusión posterior aspectos particulares de su contenido", remarca la propuesta que también apunta al consenso sobre "la consegración del derecho a la libertad de opinión y expresión, , como en el derecho a reunión, de asociación y de presentar peticiones a la autoridad. Sin embargo, en la libertad de reunión se consideró necesario profundizar la discusión sobre su ejercicio pacífico y sin armas".
En la propuesta también hay una "configuración inicial" del derecho al debido proceso, tutela judicial y derecho a la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos.
En el ámbito del sufragio, se dejó para una discusión posterior la edad para hacerlo y los casos en que se suspende el derecho.
En cuanto a acciones constitucionales, "hubo acuerdo en que se consagrara la acción de amparo" y se dejó para discusión posterior el contenido de la acción de protección, en el sentido de precisar el listado de derechos y garantías protegidas.
En cuanto al Estado de Excepción, la propuesta plantea "apegarse a las bases institucionales y fundamentales contenidas en el artículo 154 de la Constitución vigente".
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Por otra parte, también hubo otra subcomisión que también presentó una iniciativa de norma al capítulo segundo bajo el nombre de "Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales".
La propuesta de articulado contempla:
- El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
- Derecho a la protección de la salud física, mental y social.
- Derecho a la educación.
En este punto, se propone que se reconozca "el derecho y el deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos o pupilos, atendiendo su interés superior. Corresponderá al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho".
Junto con consagrar la gratuidad en el nivel medio menor, educación básica y media, también se señala a la educación superior técnica y universitaria como "progresivamente gratuita".
En otro punto, también se propone consagrar la libertad sindical y el derecho a la seguridad social, en el que se garantizaría desde el Estado la supervigilancia de este derecho y también se establece que "los recursos con que se financie la seguridad social solo podrán destinarse al financiamiento y administración de sus prestaciones".
Otros derechos mencionados son: derecho a la vivienda adecuada, al agua, a desarrollar cualquier actividad económica (que no sea contraria a la salud pública, al orden público, o la seguridad de la Nación, en conformidad a la ley), derecho a la propiedad, a la cultura, libertad creativa y su libre ejercicio, y libertad de enseñanza.
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