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Conoce qué dice la propuesta constitucional sobre el derecho al ocio

El artículo 91 de la propuesta indica que “toda persona tiene derecho al ocio, al descanso y a disfrutar el tiempo libre”.

24horas.cl

Viernes 29 de julio de 2022


El próximo 4 de septiembre los ciudadanos decidirán si se aprueba o rechaza la propuesta de nueva Constitución. En este contexto han surgido diversos debates, sobre todo respecto a normas que no tenemos en la legislación actual; como por ejemplo el derecho al ocio.  

El artículo 91 del texto que emanó de la ya disuelta Convención indica que “toda persona tiene derecho al ocio, al descanso y a disfrutar el tiempo libre”. La norma que no tiene precedentes en la Constitución vigente, fue concebida por la mayoría de los ex convencionales como una parte importante para el desarrollo personal y social de las personas.

Artículo 91

Toda persona tiene derecho al ocio, al descanso y a disfrutar el tiempo libre.

El académico del Centro de Análisis político de la Universidad de Talca, Mario Herrera explica que “el derecho al ocio lo que incluye es el acceso a distintas cuestiones como por ejemplo el turismo, la cultura, el descanso, etc”.

Además, agrega que este derecho ve el tiempo libre  “en la forma en la que la persona lo  quiera destinar, entonces el derecho al descanso, por así decirlo, es una parte del derecho al ocio, es como una dimensión del mismo”.

El abogado Alejandro Fernández de la Fundación Pacto Social concuerda en que esta norma busca garantizar que las personas puedan dedicar su tiempo libre a realizar actividades de recreación, deportivas, culturales y de turismo.

De igual forma, se refirió a la relación de este punto con el derecho laboral, específicamente al artículo 46 sobre el descanso.

“Es interesante, quizás la comisión de armonización podría haberlo juntado, fundirlo en un solo artículo; pero el hecho de que hayan quedado separados también implica que uno podría interpretar que el tema del ocio no es exclusivamente en el ámbito del trabajo, sino que también se podría considerar en otros ámbitos fuera de este”.

¿Es una norma única en el mundo?

 Ahora, la discusión se centra en la efectiva innovación de este artículo. Como ya se mencionó, no existe tal derecho dentro de la Constitución vigente, sin embargo, el ocio se reconoce en la Declaración de Derechos Humanos la cual señala que “toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas”.

“Como se puede ver, no habla  exactamente de ocio, pero usa muchos conceptos similares en ese sentido. Ahora específicamente un ocio uno podría entenderlo como un derecho que obliga al Estado a que asuma la obligación de disponer tiempo y espacio para que las personas puedan disfrutar el tiempo libre” explicó Fernández.

Asimismo, el derecho al ocio es conocido en otras constituciones a nivel mundial, tal es el caso de la Carta Magna española: “se le hace un bajada precisamente a las comunidades autónomas , donde ellas son las encargadas de ejecutar actividades vinculadas con estas áreas, para que la gente pueda hacer efectivo ese derecho al ocio” señaló el abogado Herrera.