El Tribunal Constitucional entregó este jueves su resolución respecto a la glosa de gratuidad.
Según explicó el secretario de la institución, Rodrigo Pica, el organismo acogió la pretensión de inconstitucionalidad, por discriminación arbitraria, respecto a los requisitos de elegibilidad de los alumnos que podían optar a la glosa de gratuidad.
Esto en relación a los estudiantes de universidades que no estén dentro del Consejo de Rectores (Cruch), Centros de Formación Técnica (CFT) e Institutos Profesionales.
Además, los ministros votaron en contra del requisito que exigía a tener participación triestamental a las instituciones que se acogieran a esta glosa.
Respecto a la pretensión de inconstitucionalidad ante la discusión de esta materia en el Presupuesto 2016, el tribunal la rechazó mediante un empate con cinco votos a favor y cinco en contra. Ante esto se determinó que esta política sí se puede tramitar y financiar mediante la Ley de Presupuestos.
Rodrigo Pica indicó que la sentencia estará redactada, firmada e informada a las partes el próximo lunes 21 de diciembre.
Según explicó el abogado patrocinante de la acción interpuesta ante el Tribunal Constitucional, Jorge Barrera, los requisitos que fueron considerados arbitrarios son:
- Las universidades que se encuentran fuera del Consejo de Rectoresdebían tener una acreditación de cuatro ó más años y no debían estar relacionadas con sociedades con fines de lucro.
- Debíancontar con la participación de estudiantes o funcionarios conderechos a voz o a voto dentro de los estatutos inscritos en elMineduc.
- Los Institutos Profesionales y Centros de FormaciónTécnica también debían contar con acreditación de cuatro años y estarconstituidos con personalidad jurídica sin fines de lucro.
Revisa sus declaraciones tras la sentencia del Tribunal: