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Abogado Jorge Barrera explica declaraciones del Tribunal Constitucional

El secretario del tribunal, Rodrigo Pica, señaló que se acogió los argumentos que indican que se discrimina a alumnos de instituciones que están fuera del Consejo de Rectores, Centros de Formación Técnica e Institutos Profesionales.

24Horas.cl TVN

Jueves 10 de diciembre de 2015

El Tribunal Constitucional entregó este jueves su resolución respecto a la glosa de gratuidad.

Según explicó el secretario de la institución, Rodrigo Pica, el organismo acogió la pretensión de inconstitucionalidad, por discriminación arbitraria, respecto a los requisitos de elegibilidad de los alumnos que podían optar a la glosa de gratuidad.

Esto en relación a los estudiantes de universidades que no estén dentro del Consejo de Rectores (Cruch), Centros de Formación Técnica (CFT) e Institutos Profesionales.

Además, los ministros votaron en contra del requisito que exigía a tener participación triestamental a las instituciones que se acogieran a esta glosa.

Respecto a la pretensión de inconstitucionalidad ante la discusión de esta materia en el Presupuesto 2016, el tribunal la rechazó mediante un empate con cinco votos a favor y cinco en contra. Ante esto se determinó que esta política sí se puede tramitar y financiar mediante la Ley de Presupuestos.

Rodrigo Pica indicó que la sentencia estará redactada, firmada e informada a las partes el próximo lunes 21 de diciembre.

Según explicó el abogado patrocinante de la acción interpuesta ante el Tribunal Constitucional, Jorge Barrera, los requisitos que fueron considerados arbitrarios son:

- Las universidades que se encuentran fuera del Consejo de Rectoresdebían tener una acreditación de cuatro ó más años y no debían estar relacionadas con sociedades con fines de lucro.

- Debíancontar con la participación de estudiantes o funcionarios conderechos a voz o a voto dentro de los estatutos inscritos en elMineduc.

- Los Institutos Profesionales y  Centros de FormaciónTécnica también debían contar con acreditación de cuatro años y estarconstituidos con personalidad jurídica sin fines de lucro.

Revisa sus declaraciones tras la sentencia del Tribunal:

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