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Ley del Consumidor: extienden garantía legal a seis meses en el comercio

Desde ahora los consumidores tendrán hasta 6 meses para cambiar, reparar o devolver un producto. Esto tras la entrada en vigencia de la nueva Ley de Consumidores, una iniciativa a la que se suman nuevas garantías.

24Horas.cl Tvn

© ATON REFERENCIAL

Lunes 28 de marzo de 2022

Desde el 24 de marzo de este año, los consumidores tendrán hasta seis meses para realizar cambios de productos en el comercio, así como también la reparación o la devolución del dinero si un producto comprado nuevo, sale defectuoso.

La medida espera solucionar los problemas en torno al derecho de garantía, ya que durante el 2021, el Sernac recibió 37.530 reclamos y en lo que va de este año ya supera los 11 mil.

Desde el retail esperan responder de la mejor manera ante las exigencias de los clientes. "Creemos que tenemos la responsabilidad de darle esta seguridad a nuestros clientes y a través de distintas instancias de conversación hemos tratado de aclarar cómo llevar a cabo esta nueva disposición y legislación" agrega Paula Valverde, Presidenta Asociación de marcas del retail.

 

En esta nueva Ley del Consumidor, además se estableció que se deberá informar la vida útil de los productos durables por ejemplo en el caso de un refrigerado, habrá  que aclarar que con un uso normal funcionará 5 o 10 años. Este derecho entrará en vigencia el próximo 24 de agosto de 2022.

La reforma también incluyó otros nuevos derechos para los consumidores en otros ámbitos del consumo, según detalla el Senarc, por ejemplo, "al momento de comprar un auto, estableciendo la libre elección de servicios técnicos en las mantenciones o la obligación de parte de las automotoras a entregar un auto a las personas mientras el vehículo se encuentra en reparación por más de cinco días hábiles".

 

Dichos estos derechos entrarán en vigencia  desde el próximo 24 de abril.

Tras ello el subdirector del Sernar, Jean Pierre Couchot, agregó que,  "en algunos productos como electrodomésticos habitualmente, las empresas podrían proponer al consumidor la realización de un diagnóstico técnico del producto para conocer las razones de esta falla, las empresas no pueden ofrecer la contratación de un servicio cuya cobertura corresponde a las obligaciones propias de la garantía legal".