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Tercer retiro de 10%: Diputada Jiles solicita no tener receso administrativo para apresurar el proyecto de ley

La iniciativa incluye además un "Bono de Reconocimiento", el cual recibirían pensionados y afiliados por parte del Estado.

24Horas.cl Tvn

© ATON

Viernes 5 de febrero de 2021

Pamela Jiles, diputada del Partido Humanista, señaló a través de redes sociales que pidió no tener receso legislativo, con el fin de apresurar el proyecto de retiro de 10% y que este sea votado en la Cámara Baja a inicios de marzo.

Para llegar a dicha votación, Jiles busca que la iniciativa sea tramitada durante febrero. De aprobarse, significaría el tercer retiro de un 10% de fondos de pensiones.

"Solicité no tener receso legislativo para tramitar un tercer retiro durante febrero en Comisión de Constitución, para que sea votado en el pleno de la Cámara de Diputad@s la primera semana de marzo", anunció a través de su cuenta de Twitter.

El proyecto de ley, firmado por los congresistas René Alinco, Jaime Mulet, Alejandra Sepúlveda y Esteban Velázquez, tiene como objetivo permitir a afiliados y pensionados de las AFP, y pensionados con renta vitalicia, que puedan sacar parte de lo ahorrado, tal como en los dos retiros anteriores.

En específico, en el documento se sostiene "Chile continúa sufriendo los efectos negativos de la pandemia, sanitarios y económicos, experimentando las manifestaciones de la denominada segunda ola de contagios".

Por otra parte, el proyecto incluye que el Estado deberá aportar con un Bono de Reconocimiento, el cual recibirían pensionados y afiliados para que disminuya en menor medida la pensión de estos.

Dicha bonifcación se calcularía tomando en cuenta el monto total de los retiros, para luego emitir un título de deuda, el cual se traduce en dinero.

De ser aceptado, el monto bonificado sería transferido a los afiliados de las siguientes formas:

  1. En el caso de afiliados al sistema privado de pensiones y que no se hayan pensionado, se abonará a la cuenta de capitalización del afiliado al momento acogerse a pensión.

  2. En el caso que esté pensionado, se abonará con anterioridad al recálculo que deba efectuar la correspondiente Administradora en el año en que se efectúe el retiro.

  3. En el caso de los pensionados con modalidad de renta vitalicia, se abonará a la respectiva compañía en el plazo de 1 mes desde que se efectúe el retiro.