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Condenan a supermercado que le negó el baño a niño de tres años

Además de las multas, la empresa deberá pagar una millonaria indemnización a la familia del menor.

24Horas.cl Tvn

© Agencia Uno

Sábado 10 de noviembre de 2018

La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó a Hipermercados Tottus a pagar una multa de 10 UTM y una indemnización de un millón de pesos por concepto de daño moral al padre de menor, a quien le negador el uso del baño.

Según consigna la demanda, el denunciante, al acudir a realizar compras al Supermercado Tottus en compañía de su familia, al momento de que su hijo necesitó el baño público del establecimiento, se percató que estaban cerrados, le pidió ayuda al Administrador quien tenía la llave, pero este se negó rotundamente, no prestándoles ninguna atención.

 

Pero el hecho no quedó ahí, ya que "al insistirle sobre la urgencia que tenía su pequeño hijo, lo dejó hablando solo y se retiró. A raíz de esta situación su hijo se orinó", consigna el fallo.

La resolución agrega que “la demandada incurrió en un actuar negligente, descomedido y discriminatorio en la prestación del servicio al consumidor, infringiendo con ello los artículos 3° y 23 de la Ley 19.496, negligencia que causó menoscabo al consumidor, debido a la negativa a facilitarle un baño para cubrir la urgente necesidad de su pequeño hijo. Infringiendo así, como se adelantó, los preceptos legales citados, debiendo por tanto ser sancionado por la contravención cometida”, finaliza el documento.