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Femicidios frustrados casi se triplicaron en 5 años y alcanzan su peor nivel histórico

En cambio, los femicidios consumados se mantuvieron en línea con las cifras de la última década.

24horas.cl

Martes 7 de enero de 2025

De acuerdo con cifras del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género en 2024, se registraron 295 femicidios frustrados en Chile, lo que corresponde a un 14% de incremento respecto al año anterior.

Específicamente 36 mujeres más que en 2023 sufrieron una agresión que casi las lleva a perder la vida.

A final del año pasado el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género ya había advertido sobre un aumento histórico en la cantidad de femicidios frustrados. De hecho, en ese momento se había registrado la mayor cifra en una década. 

Lamentablemente, la tendencia al alza continuó en 2024 y alcanzó un nuevo nivel histórico. De hecho, casi se triplicaron en los últimos cinco años. 

Femicidios consumados 

El ministerio también lleva un registro de los femicidios consumados mes a mes. Las cifras de 2024 muestran 43 asesinatos de mujeres, exactamente uno más que en 2023. 

En efecto, a diferencia de los frustrados, las cifras se han mantenido estables en la última década. 

¿Qué dice la ley sobre el femicidio?

Según la ley 21.212 el femicidios es el asesinato de una mujer ejecutado por quien es o ha sido su cónyuge o conviviente, o con quien tiene o ha tenido un hijo en común, en razón de tener o haber tenido con ella una relación de pareja de carácter sentimental o sexual sin convivencia.

También se considera femicidio el asesinato de una mujer en razón de su género cuando la muerte se produzca en algún de las siguientes circunstancias:

1.-Ser consecuencia de la negativa a establecer con el autor una relación de carácter sentimental o sexual.
2.-Ser consecuencia de que la víctima ejerza o haya ejercido la prostitución, u otra ocupación u oficio de carácter sexual.
3.-Haberse cometido el delito tras haber ejercido contra la víctima cualquier forma de violencia sexual, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 372bis.
4.-Haberse realizado con motivo de la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de la víctima.
5.-Haberse cometido en cualquier tipo de situación en la que se den circunstancias de manifiesta subordinación por las relaciones desiguales de poder entre el agresor y la víctima, o motivada por una evidente intención de discriminación.

¿Cuántos femicidios ha habido en Chile desde 2013?