La semana pasada la PDI incautó los soportes digitales del Ministro de la Corte de Santiago, Antonio Ulloa y a su par del Tribunal Constitucional (TC), Héctor Mery, en el marco de una arista del Caso Audio que sustancia la Fiscalía de Rancagua.
La diligencia —que contó con la presencia del titular de ese Ministerio Público, Javier von Bischoffhausen— golpeó duramente al TC, ya que la indagatoria está fundada en delitos de corrupción. Todo ello a raíz de los chats extraídos desde el celular de Luis Hermosilla, donde existen conversaciones que, de acuerdo con la investigación, revelan influencias para el nombramiento de jueces, ministros, fiscales judiciales, entre otros.
Sin embargo, Mery estimó que la diligencia desarrollada por el Fiscal Von Bischoffhausen es ilegal, porque en la causa sólo tiene la calidad de testigo, mas no de imputado, lo que a su juicio atenta contra su derecho al debido proceso.
Por esta razón, el pasado 28 de marzo interpuso un recurso de amparo ante el tribunal de alzada capitalino, en contra de la autorización que aprobó —previa solicitud de la Fiscalía— la magistrada rancagüina Daniela Guerrero González.
"Ausencia de motivación"
De acuerdo a la presentación, a la que accedió Informe Especial, Guerrero González autorizó la medida intrusiva en contra de Mery de forma ilegal, ya que habría confundido la situación procesal del ministro del TC y en vez de testigo habría leído imputado.
Según el libelo ingresado por los abogados Matías Künsemüller Solé, Jorge Ponce Amar y Fernando Garreaud Torres, la jueza equivocó su dictamen, porque existe una “ausencia de motivación”.
“Lo anterior abre un escenario de vulneración de garantías constitucionales, en función de la vaga información contenida en la resolución judicial, que le da el trato de imputado a nuestro representado en una causa desformalizada, donde no se avizora ni mínimamente que alguna conducta desplegada se comunique con un hecho delictivo”, detalla el escrito.
Y agrega: “Es decir, dicha resolución tampoco construye argumentos asociados a una correcta imputación o intimación; y como también lo ha sostenido nuestro máximo tribunal, además se vulnera el derecho de defensa si no existe una descripción precisa y circunstanciada del hecho atribuido”.
Hay que recordar que la indagatoria apunta al delito de tráfico de influencias, cuando Mery fungía como jefe de la División Judicial del Ministerio de Justicia, durante la segunda administración de Sebastián Piñera.
Es en ese contexto que, junto a Hermosilla, habrían operado para favorecer al actual magistrado Antonio Ulloa, lo que se traduce en tráfico de influencias, de acuerdo a los antecedentes de la Fiscalía.
Dame una copia
Los patrocinantes de Mery revelan que posterior a la incautación se comunicaron con Von Bischoffhausen, “con el objeto de obtener copia de la solicitud por él formulada, para así intentar entender los contornos de alguna imputación y las motivaciones en que descansa la resolución”.
Sin embargo, apuntan, quedaron sorprendidos, porque el persecutor les explicó que no podían acceder a la petición, ni menos figurar como abogados defensores acreditados en el sistema interno del Ministerio Público. ¿La razón? Mery sólo era testigo, según da cuenta el correo electrónico integrado en el amparo.
Los defensores del ministro del TC aseguran que el alcance de la resolución parece una entelequia jurídica y que diversos fallos de la Corte Suprema han reconocido la ilegalidad de procedimientos similares.
“Así las cosas, sólo podemos concluir que el Fiscal Von Bischoffhausen solicitó la entrada y registro e incautación de dispositivos electrónicos de un testigo que (...) desempeña el cargo de ministro del Tribunal Constitucional, lo que ya parece una cuestión completamente ilegal y que carece de toda racionalidad", describe la presentación.
Y añaden: “Mucho más grave que eso resulta que la magistrada que la otorgó (la incautación), al parecer leyó algo distinto a lo planteado por el Fiscal, resolviendo sobre la base de supuestos evidentemente equívocos”, indica el amparo.
Hasta la Suprema
Una vez que el amparo sea admitido a tramitación será derivado a una sala de la Corte de Santiago, donde tres ministros deberán analizar el fondo del asunto, previo alegato de las partes.
En el evento que la presentación sea acogida —y como ha ocurrido en otras oportunidades— el tribunal de alzada capitalino podría declarar ilegal la diligencia.
Ello implicaría que lo incautado a Mery debería ser devuelto y los antecedentes que están en su teléfono celular y/o computadora no podrían ser usados en su contra, al menos por ahora.
La situación podría dejar en una posición incómoda al Ministerio Público, atendida la relevancia del tema, pero en cualquier caso la situación llegará a la Corte Suprema.