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"Plebiscito consciente": FA propone eximir de multas a adultos mayores que no puedan votar

"Este proyecto, lejos de buscar desincentivar el sufragio de los ciudadanos, busca respaldar a quienes por sus labores de cuidados muchas veces se ven dificultados de acudir a las urnas", expresó la diputada Gael Yeomans.

24horas.cl

Aton

Jueves 9 de junio de 2022

Un grupo de diputados del Frente Amplio presentó durante la jornada de este jueves un proyecto que buscará eximir de multas a aquellos adultos mayores (de más de 65 años) y cuidadores que no acudan a votar el próximo 04 de septiembre, en el plebiscito de salida.


Las sanciones monetarias para aquellas personas que no se acerquen a su local de votación designado a sufragar, entendiendo que en esta oportunidad es obligatorio, van desde las 0,5 UTM ($28.778) hasta las 3 UTM ($172.671).

"Este proyecto, lejos de buscar desincentivar el sufragio de los ciudadanos, busca respaldar a quienes por sus labores de cuidados muchas veces se ven dificultados de acudir a las urnas", expresó la diputada Gael Yeomans.

En ese sentido, indicó que "nuestro llamado es a tener un plebiscito consciente. La alerta sanitaria por la pandemia del Covid-19 seguirá vigente el próximo 4 de septiembre, por este motivo también es importante agregar dentro de las excepciones de pago de multa a las personas mayores de 65 años, que puedan encontrarse en una situación de inmunodeprimida que pueda exponerlos a riesgos asociados a la pandemia".

Con este proyecto se buscará modificar el artículo 142 de la actual Carta Magna, consagrando que los motivos para eximirse de la multa son "por enfermedad, o requerir apoyos intensos, tener 65 años o más, ausencia en el país, ejercer trabajos de cuidados cuya ausencia prolongada pueda implicar una amenaza para la vida, integridad física o salud o de la persona cuidada, encontrarse el día del plebiscito en un lugar situado a más de 200 kilómetros de aquel en que se encontrare registrado su domicilio electoral".

Esta modificación acota que "el director del servicio electoral deberá interponer las respectivas denuncias dentro del plazo de un año desde la celebración del plebiscito, teniendo en cuenta para ello las hipótesis de exención de multa señaladas en el inciso cuarto".