Hace poco más de un mes el Ministerio de Salud inició la segunda etapa de inoculación con la vacuna Bivalente contra el Covid-19. Esto en el contexto de una baja cobertura en el proceso, la cual alertó a las autoridades, quienes tomaron la decisión de ampliar los grupos objetivos desde el 16 de enero.
"En línea con la solicitud de los comités de expertos y distintas opiniones que nos han hecho llegar, y de acuerdo al análisis epidemiológico que hemos hecho, hemos decidido que vamos a ampliar los grupos a vacunar con esta vacuna bivalente, empezando a partir del lunes 16 de enero con personas desde los 50 años de edad", dijo en esa ocasión la ministra de Salud Ximena Aguilera.
Unos días después, para el 21 de enero se habían vacunado 1.548.772 personas con la fórmula bivalente, cantidad que ha aumentado a 2.0278.765 hasta este 22 de febrero, lo que corresponde al 24,37% de cobertura de la población objetivo.
Sin embargo, al revisar los datos por región se observa que los números aún están bajos. La Metropolitana es la que tiene un mayor porcentaje de inmunizados pero no alcanza al 30%.
En tanto, Los Lagos, Aysén y Atacama están en lo más bajo de la cobertura de vacunados por Bivalente.
¿Quiénes se pueden vacunar actualmente?
-Personas de 50 años o más.
-Personal de salud.
-Personas inmunodeprimidas a partir de los 12 años con las siguientes condiciones o diagnósticos: pacientes con enfermedades autoinmunes que reciben tratamientos biológicos, de peñas moléculas y corticoides; pacientes con trasplante de órgano sólido, es decir, corazón, pulmones, riñón, hígado, páncreas. También pacientes con cáncer en tratamiento y pacientes en diálisis.
-Usuarios crónicos desde los 12 años: enfermedad pulmonar crónica, enfermedad neurológica, enfermedad renal crónica, enfermedad hepática crónica, enfermedad metabólicass, cardiopatías, hipertensión arterial en tratamiento farmacológico, obesidad, enfermedad autoinmune, cáncer en tratamiento, inmunodeficiencias, enfermedad mentral grave y pacientes en diálisis.
-Grupos priorizados definidos por las autoridades:
- Personas con discapacidad severa y profunda (inscritos en registro nacional de discapacidad).
- Cuidadores de pacientes con dependencia (ley preferente).
- Población en centros cerrados: SENAME o en centros en convenio con esta institución y centros de atención de salud mental.
- Funcionarios que desarrollan funciones críticas en la administración del Estado: de los 24 ministerios, poder judicial, poder legislativo, gobiernos regionales y municipalidades.
- Personal que desarrolla funciones esenciales para la atención directa a la ciudadanía: FONASA, Isapre, IPS, AFP, Registro Civil, Chile Atiende, COMPIN, Banco Estado, Cajas de Compensación, SAG, Aeropuertos, Terminales de Buses, Puertos y funcionarios de Seremis y Servicios de Salud.
- Personal que desarrolla funciones esenciales para la atención directa a público en farmacias comunitarias (comunales y privadas).
- Personal de laboratorio (universitarios y privados).
- Personal de fuerzas de orden y seguridad, FFAA.
- Personal que desarrolla funciones en Senapred, CONAF y Bomberos.
- Educadoras de Párvulos y personas que ejerce funciones en sala cuna y jardines infantiles.
- Profesores y directivos que ejercen funciones en establecimientos de educación preescolar, básica y media.
- Personal de gendarmería y personas privadas de libertad.
- Personas que desarrollan funciones consideradas esenciales en empresas de servicios básicos: electricidad, agua, gas, telecomunicaciones, generación de energía, distribuidores de combustibles, recolección de desechos domiciliarios, rellenos sanitarios, elaboración de químicos y productos farmacéuticos, funerarias y cementerios.
- Personal que laboran en empresas de transporte: terrestre, aéreo y marítimo.
- Personas que laboran en el transporte de productos críticos: alimentos, insumos clínicos y medicamentos.
- Otros grupos poblacionales definidos por las autoridades del Ministerio de Salud.