Después de casi dos semanas sin pleno, la Convención volvió a reunirse este jueves en el hemiciclo para votar el informe de normas transitorias, es decir aquellas que servirían para pasar de una carta magna a otra. En este contexto los convencionales aprobaron un artículo que no permite al actual Presidente de la República presentarse como candidato al mismo cargo en el periodo siguiente.
El artículo- aprobado por 124 votos a favor, 0 en contra y 3 abstenciones- establece que "la o el Presidente de la República elegido para el período 2022-2026 no podrá presentarse a la reelección para el período siguiente y continuará en el cargo con las atribuciones constitucionales para las cuales fue elegido".
Lo anterior fue redactado para transitar desde el actual sistema en el que no se permite la reelección inmediata de la figura presidencial, a las normas permanentes del borrador constitucional que - de aprobarse en el plebiscito de salida- señala que el cargo durará "cuatro años en el ejercicio de sus funciones, tras los cuales podrá ser reelegido, de forma inmediata o posterior, solo una vez".
Con los votos obtenidos, la norma pasa al borrador constitucional.
En la instancia también se votó el primer inciso del artículo, pero este no logró pasar el filtro del pleno y fue devuelto a la comisión para ser modificado.
"Las reglas de inhabilidades, incompatibilidades y límites a la reelección dispuestos en esta Constitución, entrarán en vigencia en el primer proceso eleccionario celebrado desde su aprobación. Excepcionalmente, las autoridades electas por votación popular que se encuentren en ejercicio, se sujetarán a las reglas de reelección vigentes con anterioridad a la nueva Constitución. Hasta el término de su actual periodo, no se les aplicarán inhabilidades ni incompatibilidades sobrevinientes", señalaba.