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Comisión aprueba norma transitoria que permitiría a jueces activos cesar sus funciones a los 75 años

El artículo indica que- de aprobarse la nueva Constitución- los jueces y juezas que sean parte del Poder Judicial cuando entre en vigencia la nueva carta magna, puedan dejar sus cargos a los 75 años y no a los 70 como establece la norma permanente.

24horas.cl

Foto: Aton.

Miércoles 8 de junio de 2022

Este miércoles la Comisión de Normas Transitorias se reunió para votar las últimas indicaciones que llegarán al pleno el próximo martes. En la ocasión se aprobó que los jueces y juezas que sean parte del escalafón primerio del Poder Judicial no deberán dejar sus funciones a los 70 años.

Lo anterior fue propuesto tomando en cuenta que en el borrador constitucional existe una norma permanente sobre la cesación del cargo a los setenta años de edad.

Por 25 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones, los integrantes de la comisión aprobaron que “el cese de funciones a los 70 años de edad, no será aplicable a los jueces y las juezas que a la fecha de la entrada en vigencia de esta Constitución formen parte del escalafón primario del Poder Judicial regulado en el Código Orgánico de Tribunales, quienes cesarán en sus funciones al cumplir los 75 años de edad”.

Además se indica que “para quienes se desempeñan como jueces y juezas de la Corte Suprema, el plazo del artículo [357. Art 3] (14 años)] se computará desde la entrada en vigencia de esta Constitución”.