El pleno de la Convención aprobó una serie de artículos de la comisión de Forma de Estado, entre los que destacó uno en particular: aquel que reconoce constitucionalmente el Cuerpo de Bomberos.
Con 120 votos a favor, 3 en contra y 23 abstenciones, el texto visado establece que "los Cuerpos de Bomberos de Chile son una institución perteneciente al sistema de protección civil, cuyo objeto es atender las emergencias causadas por la naturaleza o el ser humano, sin perjuicio de la competencia específica que tengan otros organismos públicos y/o privados".
Además, determina que es deber del Estado "dar cobertura financiera para cubrir la totalidad de sus gastos operacionales, capacitación y equipos, como también otorgar cobertura médica a su personal por accidentes o enfermedades contraídas por actos de servicio", agregando que "la ley regulará el régimen de financiamiento y prestaciones sociales en época de vejez e invalidez".
Claudio Gómez (Colectivo Socialista) fue uno de los convencionales en defender esta propuesta en el pleno: "Es una institución que lamentablemente no cuenta con una protección coherente con el beneficio que nos entregan en el desarrollo de sus funciones (...) no queremos ver más a bomberos pidiendo plata en la campaña del tarro, o en la campaña del sobre en los semáforos de nuestras comunas. Queremos dignidad para nuestros bomberos".
Tras su aprobación, los tres primero incisos de este artículo pasarán a formar parte del borrador de nueva Constitución que la ciudadanía votará el próximo 4 de septiembre.
Sin embargo, el cuarto párrafo fue devuelto a comisión para ser reformulado.
"El Estado reconoce y ampara los Cuerpos de Bomberos de Chile en su función esencial de servicio a la comunidad, garantizando la voluntariedad de afiliación de sus miembros y la debida autonomía institucional para el cumplimiento de sus fines específicos".