Este martes 27 de agosto la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados votará en general y particular el séptimo retiro de AFP, el cual se decidió fundir cuatro de los proyectos presentados por los parlamentarios.
Ante esto, el diputado independiente, Miguel Ángel Calisto, detalló que, "para este martes, esperamos poder votar en general y particular el proyecto de retiro del 10% de los ahorros previsionales".
Agregó que, "para nosotros es un proyecto importante, son cuatro mociones parlamentarias que fueron fusionadas y esperamos resolverlo este martes en una sesión donde además se acompañará con algunas exposiciones de organizaciones que estarán a favor y en contra de esta iniciativa".
De igual manera, aseguró que, "ha ido aumentando el respaldo a esta iniciativa por parte de varios parlamentarios, yo creo que principalmente porque el Gobierno ha estado muy ausente de la discusión, además porque nadie vislumbra con certeza cuál es el acuerdo que ha llegado el Senado con el Gobierno respecto a la Reforma Previsional".
Las 4 propuestas de séptimo retiro AFP
- Proyecto de René Alinco (IND), Jaime Araya (IND) y Gaspar Rivas (PDG). Autoriza un único retiro, sin especificar monto o límites, para afiliados a las AFP, pensionados de rentas vitalicias y exonerados políticos.
- Proyecto de Enrique Lee (PRI). Permite un retiro de hasta un 15% del total de los ahorros previsionales.
- Proyecto de Enrique Lee. Además de la autorización de un 15% para administración directa, extiende la posibilidad hasta el 50% de los fondos para dar el pie o constituir el ahorro para optar a la primera vivienda.
- Proyecto de Roberto Arroyo (IND) y Ricardo Cifuentes (DC). Permite destinar parte o el total de los fondos para solventar los gastos no cubiertos por su sistema de salud y/o seguros, respecto de enfermedades catastróficas del cotizante y/o de sus familiares directos. Además, se posibilita destinar estos dineros para solventar morosidades de créditos hipotecarios, después de que opere el seguro respectivo, cuando se encuentre, el cotizante en cesantía y se encuentre en riesgo de perder su único bien inmueble.