Después de casi diaz horas de discusión, se aprobó en general y en particular la Ley Nain-Retamal y a eso de la 1:52 de la madrugada de este miércoles, la Sala del Senado envió la iniciativa a tercer trámite en la Cámara de Diputadas y Diputados.
El avance se gestó por una indicación sobre legítima defensa en el Código Penal que surgió tras una negociación entre el Gobierno y oposicion, la que fue aprobada por 42 votos a favor y 3 abstenciones.
Al respecto, el presidente del Senado, Juan Antonio Coloma (UDI), señaló que "no fue un acuerdo unánime, pero fue un acuerdo mayoritario en cuanto a que había que cambiar y mejorar las normas legales con las cuales los organismos de seguridad, especialmente Carabineros, Investigaciones, Gendarmería y las Fuerzas Armadas, ejercían su labor y esto tiene que ver con la agenda de seguridad".
A lo anterior agregó que "creo que esta es la línea de avanzar, globalmente, en una nueva agenda de seguridad".
"Esto no va a significar que la delincucia se va a terminar, pero sí que el Estado va a tener más opciones de hacer valer el derecho y quienes están al servicio del Estado, que son sus policías, van a estar resguardados. Eso es lo relevante y yo con eso me quedo", finalizó.
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— 24 Horas (@24HorasTVN) April 5, 2023
Pdte. del Senado @jacoloma: "Esta es la línea de avanzar globalmente en una nueva agenda de seguridad"
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Cabe señalar que el detalle de la nueva redacción de la norma que regula la legítima defensa en el Código Penal, según lo establecido, debería decir: "Se entenderá que concurre el uso racional del medio empleado si, en razón de su cargo o con motivo u ocasión del cumplimiento de funciones de resguardo de orden público y seguridad pública interior, repele o impide una agresión que pueda afectar gravemente su integridad física o su vida o las de un tercero, empleando las armas o cualquier otro medio de defensa".
En esta misma línea, añade que: "Los Tribunales, según las circunstancias y si estas demostraren que no había necesidad racional de usar el arma de servicio o armamento menos letal en toda la extensión que aparezca, deberán considerar esta circunstancia como atenuante de la responsabilidad y rebajar la pena en virtud de uno, dos o tres grados, salvo que concurra dolo".