El Gobierno, a través del ministerio de Justicia, emitió un comunicado respecto al caso Democracia Viva, donde solicitó al Consejo de Defensa del Estado disolver la fundación “por graves infracciones a las normas estatutarias y al ordenamiento jurídico que regula este tipo de entidades”.
Entre las conclusiones destacó que “se detectaron diversas faltas de carácter estatutario y legal, cometidas por el directorio de la Fundación lo que hace necesario poner término a sus actividades y disolver su personalidad jurídica”.
“Durante el procedimiento, se detectaron irregularidades en los estatutos de la fundación, en el cumplimiento en el objeto social y en la administración del patrimonio fundacional en relación con el Código Civil, y en convenios celebrados con la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda de la Región de Antofagasta”, agregó el documento.
Conclusiones:
- Una vez concluido el procedimiento de fiscalización, se resolvió solicitar al Consejo de defensa del Estado la disolución de la entidad por sentencia judicial, conforme con el artículo 559 letra c) numerales 1 y 2 del Código Civil.
- Lo anterior en razón de que se detectaron diversas faltas de carácter estatutario y legal, cometidas por el directorio de la Fundación lo que hace necesario poner término a sus actividades y disolver su personalidad jurídica.
- Durante el procedimiento, se detectaron irregularidades en los estatutos de la fundación, en el cumplimiento en el objeto social y en la administración del patrimonio fundacional en relación con el Código Civil, y en convenios celebrados con la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda de la Región de Antofagasta.
- En particular el incumplimiento de sus estatutos, su objeto y patrimonio social, desnaturaliza los fines propios de la fundación, persiguiendo otros distintos a los consagrados en su objeto y a los propios de las entidades sin fines de lucro.
- Lo anterior permite concluir que la Fundación ha incurrido en la hipótesis de causal de disolución de la personalidad jurídica establecida en el artículo 559 letra c) número 1) por los numerosos incumplimientos estatutarios detectados durante la fiscalización, que importan una infracción grave a sus estatutos.
- Y en el artículo 559 letra c) número 2), por la imposibilidad de desarrollar su objeto social, lo que hace inviable su existencia en la vida del derecho, ya que sus infracciones son de tal magnitud que no es posible corregirlas y su objeto, adolece de reparos que no es factible modificarlo sin que la entidad devenga en otra totalmente distinta.
Querella contra exseremi Carlos Contreras y Daniel Andrade por fraude al fisco
Cabe mencionar que el pasado viernes 1 de septiembre, el Consejo de Defensa del Estado interpuso una querella criminal contra el exseremi de Vivienda de Antofagasta, Carlos Contreras y contra el representante legal de la fundación Democracia Viva, Daniel Andrade, ambos como autores del delito de fraude al Fisco en el marco de la investigación que lleva adelante el Ministerio Público en el caso Convenios.
El CDE detalló que en dicho marco, el querellado Contreras "procedió de tal forma sin involucrar a las demás autoridades que tenían injerencia técnica en el proceso de asignación, interviniendo de manera contraria a lo previsto en el marco jurídico respectivo, faltando gravemente a la probidad y perjudicando con ello el interés público fiscal".
En ese sentido, la querella interpuesta en el CDE, se suscribieron tres convenios de transferencias de fondos con la Fundación Democracia Viva, representada por Daniel Andrade, "con quien el exseremi sostenía un vínculo de público conocimiento, causando con ello un perjuicio fiscal de a lo menos $391.768.516".