Tras dos jornadas de intenso debate, la sala de la Cámara de Diputadas aprobó por 89 votos a favor, 43 en contra y 3 abstenciones la idea de legislar el proyecto que regula los delitos de ocupaciones ilegales de inmuebles, fija nuevas penas y formas comisivas, e incorpora mecanismos eficientes de restitución.
El texto, en segundo trámite, establece sanciones más estrictas al delito de usurpación de propiedades. Modifica el Código Penal para castigar con penas privativas de libertad el delito de usurpación, amplía el período de flagrancia y facilita la detención de los ocupantes.
Una de sus disposiciones más polémicas es el de la legítima defensa privilegiada de los propietarios y el concepto de flagrancia permanente. El Gobierno advirtió que no permitirá en esta ley una indicación de esta naturaleza, porque promueve el enfrentamiento violento entre las personas.
Entre los principales objetivos del proyecto está sancionar con presidio toda hipótesis de usurpación u ocupaciones, extendiendo el período de flagrancia tratándose de este delito.
Asimismo, permite, tanto durante la investigación del delito como al presentarse demanda civil, la restitución anticipada del inmueble ocupado. Adicionalmente, autoriza la aplicación de técnicas especiales de investigación en la persecución de las usurpaciones.
Igualmente, castiga con penas de presidio la celebración con engaño de compraventas o arrendamientos de sitio ocupado ilegalmente. Incorpora restricciones en las normas para regularizar la pequeña propiedad raíz, mientras exista juicio pendiente por usurpación.
Junto con ello, modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones para sancionar al ocupante ilegal que pretenda transferir el dominio de lotes de terrenos tomados.
En representación del Ejecutivo intervino la ministra del Interior, Carolina Tohá, quien recordó que la usurpación no está permitida en la actual legislación, la que necesita ser actualizada por no ser efectiva debido a la realidad presente.
Explicó que hoy la usurpación va desde la necesidad de vivienda de las personas que viven en campamentos, hasta los loteos irregulares, las tomas de segunda vivienda y las acciones violentas de la macrozona sur.
Por ello dijo que es necesario legislar para hacer la diferenciación, sancionando la comisión del delito, sin castigar a las personas de menores recursos.
Además, rechazó la posibilidad de la autotutela o legítima defensa de los propietarios, y advirtió que el Gobierno no permitirá una ley que posibilite el enfrentamiento entre personas.
Agregó que el Ejecutivo decidió retirar la urgencia a la tramitación del proyecto, para posibilitar los cambios necesarios.
En el debate, los diputados que rechazan el contenido de la norma objetaron la inclusión de la legítima defensa privilegiada de los propietarios y el concepto de flagrancia permanente. Ello porque la autotutela permitiría hacer justicia por las propias manos, por lo tanto, llevaría a enfrentamientos.
Afirmaron además que el derecho a la propiedad no puede atentar contra la vida ni criminalizar la pobreza. Advirtieron que la norma, tal como está, representa una posible afectación a los campamentos regularizados o en vías de regularización. Por ello no se descartó recurrir incluso, al Tribunal Constitucional.
En tanto, quienes respaldaron el texto sostuvieron que otorga herramientas más eficaces para restablecer el derecho de las personas. Justificaron la mayor regulación para hacer frente a bandas criminales dedicadas a realizar ocupaciones para loteo irregular, o al narcotráfico.
En esa línea resaltaron el derecho de los ciudadanos de poder defender lo propio, cuando el Estado ha fracasado. Insistieron en la necesidad de implementar esta ley, sobre todo en la Araucanía.